29 de Abril de 2024
Edición 6955 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/04/2024
El acto se llevará adelante por Microsoft Teams

Que vengan los deudores de todas partes

El Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Azul convocó a una audiencia común para diversos cobros ejecutivos, promovidos por una misma financiera. Se trata de 10 casos. 

El Juzgado Civil y Comercial N° 2 de Azul, a cargo de Rodrigo Bionda, convocó a una audiencia para la gestión colectiva de diversos expedientes individuales que calificó como comprensivos de derechos individuales homogéneos.

Bionda decidió convocó a la accionante, una empresa financiera, y 10 accionados a audiencia colectiva remota que se llevará a cabo simultáneamente en diez causas individuales homogéneas el día 13 de Agosto a las 12:00 horas, la que se celebrará por videoconferencia, en la plataforma TEAMS. A la misma deberán comparecer personalmente ambas partes y el Agente Fiscal de la Secretaria de Asuntos Civiles de la Fiscalía General Departamental.

Lo que el juzgado propone es es crear otra forma de enfrentar conflictos colectivos, diferente al modelo de tutela representativa del artículo 43 de la Constitución Nacional.

En la resolución, el magistrado explicó que su decisión tiene como objetivo "convenir reajustes razonables del procedimiento y el eventual rediseño del incumplido plan prestacional original teniendo como objetivo primordial vitar el sobreendeudamiento de los accionados y la protección de sus intereses económicos".

“Habida cuenta lo requerido, en virtud del mandato contenido en el artículo 42 de la Constitución Nacional en cuanto establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de sus intereses económicos e impone a las autoridades proveer la protección de esos derechos, corresponde adoptar ajustes razonables del procedimiento a fin de cumplir dicho objetivo", se lee en el documento.

Bionda explicó que "no se pude dejar de advertir que vinculados con la accionante existen una multiplicidad de accionados contra los cuales se han hecho valer pretensiones homogéneas y que en el marco de una cada una de las múltiples relaciones de consumo gestadas, detentan derechos constitucionales individuales homogéneos a la protección de sus intereses económicos, que imponen una gestión procesal de este universo de casos distinta a la proporcionada hasta aquí".

En esa línea, el juez remarcó que si bien “se encuentran pendientes de diseño las herramientas procesales que permitan gestionar eficazmente las pretensiones homógeneas ejercidas ante un disperso universo de legitimados pasivos que detentan derechos individuales homogéneos”, las mismas deben ser “condensadas en la fórmula constitucional que manda a proteger sus intereses económicos".

Lo que el juzgado propone es es crear otra forma de enfrentar conflictos colectivos, diferente al modelo de tutela representativa del artículo 43 de la Constitución Nacional.

 

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