02 de Octubre de 2024
Edición 7062 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/10/2024
El dictamen deberá estar listo en 90 días

Los expertos en detalle

Se publicó en el Boletín Oficial el decreto que autoriza la creación del Consejo Consultivo para el Fortalecimiento del Poder Judicial y del Ministerio Público. Diario Judicial cuenta quienes son los 11 elegidos por el Presidente, sus funciones y los detalles de su actuación.

Por:
Cindy
Monzón
Por:
Cindy
Monzón

Carlos Beraldi, León Arslanian, Inés Weinberg de Roca, Claudia Sbdar;  Hilda Kogan, María del Carmen Battaini, Omar Palermo, Raúl Gustavo Ferreyra, Andrés Gil Domínguez, Marisa Herrera y Enrique Bacigalupo son los 11 elegidos por Alberto Fernández para asesorarlo en el proyecto de ley de reforma judicial.

A través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 635/2020, que ordena la creación del Consejo Consultivo para el Fortalecimiento del Poder Judicial y del Ministerio Público, el gobierno detalló que los integrantes fueron elegidos por sus "sólidos antecedentes a nivel profesional y académico" y "su trayectoria y compromiso con la defensa de los principios básicos que hacen a la vigencia del Estado de Derecho". 

El consejo, que trajará ad honorem, actuará en el ámbito de presidencia y tendrá como objetivo asesorar al Presidente, para lo cual deberá elaborar, en el plazo de 90 días desde su constitución, un dictamen técnico con recomendaciones y propuestas sobre los ejes detallados.

Entre las funciones de los juristas aparecen la realización de de una descripción valorativa con especial indicación de los problemas que se observan para el correcto funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del Consejo de la Magistratura, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa.

Respecto de la CSJN, los miembros deberán presentar un análisis de su funcionamiento que incluya el establecimiento para la selección de integrantes, de criterios de diversidad de género y representación federal. Asimismo, un una propuesta para una eventual reformulación del sistema de desestimación in limine -certiorari-; un análisis de normas en materia de audiencias orales para el tratamiento de los casos trascendentes y trámite de recursos y fijación de plazos procesales máximos para su resolución, particularmente en materia penal.

En relación al Consejo de la Magistratura, su punto de vista sobre conveniencia o no de modificar la estructura y composición del cuerpo y armonizar su funcionamiento con el de la Corte. Una evaluación sobre el cargo de los consejeros. También un análisis sobre la modificación de los concursos de selección y los procesos de enjuiciamiento de magistrados, con posibilidad de brindar una mayor participación a las universidades públicas y a las organizaciones no gubernamentales.

En lo que hace al Ministerio Público Fiscal, se espera que los especialistas presenten un acuerdo sobre modificar o no el actual régimen legal de designación de sus titulares y la posibilidad de que sus mandatos sean temporarios; y un análisis sobre la conveniencia de incluir a la Oficina Anticorrupción y la Unidad de Información Financiera a la órbita del Ministerio Público Fiscal, y la posibilidad de realizar convenios entre los Colegios Públicos y el Ministerio Público de la Defensa.

Sobre el juicio por jurados, una evaluación de los criterios para dar cumplimiento de la manera más eficaz al mandato constitucional.

Asimismo la Comisión analizará y evaluará el modo de finalizar el proceso de transferencia de competencias en materia penal no federal a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la manera de reasignar funciones a los valiosos recursos humanos con los que cuenta el actual fuero Nacional en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal.

El consejo, que trabajará ad honorem, actuará en el ámbito de presidencia y tendrá como objetivo asesorar al Presidente, para lo cual deberá elaborar, en el plazo de 90 días desde su constitución, un dictamen técnico con recomendaciones y propuestas sobre los ejes detallados.

El dictamen se realizará por mayoría de la totalidad de sus miembros, en las que podrán incluir disidencias y recomendaciones particulares. Además, deberán contemplar las iniciativas legislativas realizadas en los últimos diez años al Congreso Nacional, previo informe de la Subsecretaría de Relaciones con el Poder Judicial y la Comunidad Académica del Ministerio de Justicia.

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