03 de May de 2024
Edición 6958 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/05/2024

San Martín sale de la feria

La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín dispuso el levantamiento de la feria extraordinaria para la totalidad de los juzgados federales de primera instancia de la jurisdicción.

Mediante una resolución, la Secretaría de Superintendencia de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín anunció que acorde a la acordada de la CSJN que dispuso el levantamiento de la feria judicial extraordinaria, la misma también se levantará en todos los juzgados federales de primera instancia de la jurisdicción de San Martín.

En la resolución se recuerda al personal judicial que concurra a trabajar que deberá adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte; y se mantienen las licencias excepcionales y especiales con los alcances ya establecidos en anteriores ocasiones.

 

También aclara a los ciudadanos, letrados y usuarios que necesiten efectuar consultas o concretar turnos que, a fines de limitar y organizar la concurrencia de público a los estrados, podrán contactarse por correo electrónico a las casillas cfsanmartin@pjn.gov.ar, o a cfsanmartin.superintendencia@pjn.gov.ar

 

 

También se dispone conceder amplias facultades a los magistrados del circuito, a efectos de que -en las sedes judiciales a su cargo- ajusten la labor de las disposiciones que emanan de los protocolos descriptos, en razón de la realidad concreta a cada una de ellas y las necesidades funcionales específicas.

Asimismo, requiere la comunicación a la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín de aquellas dificultades, obstáculos o inquietudes que pudieran presentarse en esta etapa, relativas a la actividad judicial en el marco de esta emergencia sanitaria.

También aclara a los ciudadanos, letrados y usuarios que necesiten efectuar consultas o concretar turnos que, a fines de limitar y organizar la concurrencia de público a los estrados, podrán contactarse por correo electrónico a las casillas cfsanmartin@pjn.gov.ar, o a cfsanmartin.superintendencia@pjn.gov.ar

Por último afirma que se debe "dejar establecido que estas disposiciones podrán ser ampliadas, modificadas, sustituidas o adaptadas en el marco de la flexibilidad que debe primar en la materia".

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