16 de May de 2024
Edición 6967 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 17/05/2024
Se mantienen algunas restricciones

Volver a la nueva normalidad

A partir de este lunes, los tribunales federales de Salta y Jujuy pudieron tratar todos los asuntos y se reanudaron los plazos procesales en aquellas causas que no habían sido incluidas en la feria extraordinaria.

La Justicia Federal de Salta y Jujuy retoman su actividad. A través de la acordada 17/20, la Cámara Federal de Salta habilitó la  feria extraordinaria, a partir hoy, para “todos los asuntos que tramitan por ante los tribunales que integran esta jurisdicción”, lo que supone también la “reanudación de todos los plazos procesales en aquellas causas que no habían sido incluidas en una habilitación anterior”.

La medida va en sintonía con la última acordada de la Corte Suprema, mediante la cual dispuso una nueva prórroga de la feria y encomendó a los tribunales nacionales y federales que tengan a su cargo la superintendencia de cada jurisdicción la designación de las autoridades de feria para atender la mayor cantidad de asuntos posibles, respetando la “legislación aplicable en cada provincia sobre la extensión de la cuarentena y teniendo en cuenta las características de cada fuero, jurisdicción o sede donde se ubican los distintos tribunales”.

Cabe señalar que en las provincias de Salta y Jujuy, que integran la jurisdicción del Tribunal, se morigeraron las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” oportunamente establecidas, autorizando la realización de nuevas actividades. A su vez, las autoridades de los Poderes Judiciales de las provincias que integran esta jurisdicción dispusieron el levantamiento de las ferias vigentes, bajo estrictas medidas de prevención, seguridad e higiene.

A raíz de dicha ampliación, la Cámara convocó a “todos los magistrados y funcionarios de esta Cámara y de los tribunales de primera instancia a prestar servicios de modo presencia”, con excepción de aquellos que se encuentren incluidos dentro de los grupos de riesgo establecidos por la autoridad sanitaria nacional y los que se hallan exceptuados en los términos previstos en la acordada 4/2020 de la Corte, quienes deberán cumplir funciones desde su domicilio.

 

Las presentaciones de los profesionales deberán ser efectuadas preferentemente por los medios electrónicos operativos y, además, podrán efectuar sus consultas telefónicamente o por correo electrónico a las direcciones institucionales pertenecientes a cada dependencia, con el objeto de “limitar al mínimo la concurrencia a los edificios”.

 

Los magistrados, según la acordada, deberán definir la dotación de personal que estimen necesaria, teniendo en cuenta especialmente los protocolos aprobados por el Máximo Tribunal respecto de la “convocatoria de funcionarios y empleados” y las “medidas de prevención, higiene y seguridad”. También deberán considerar  lo dispuesto por la Cámara referido a la preservación de la salud e integridad física de los convocados y la verificación del efectivo cumplimiento de los objetivos fijados a quienes trabajen de manera remota.

Las presentaciones de los profesionales deberán ser efectuadas preferentemente por los medios electrónicos operativos y, además, podrán efectuar sus consultas telefónicamente o por correo electrónico a las direcciones institucionales pertenecientes a cada dependencia, con el objeto de “limitar al mínimo la concurrencia a los edificios”.

Continuará restringido el “ingreso de los particulares –no letrados- a los edificios donde funcionan los tribunales y demás oficinas de esta jurisdicción, a los casos que sean autorizados por los secretarios de los distintos tribunales”.

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