08 de Octubre de 2024
Edición 7066 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 09/10/2024
Código Procesal Penal Federal

Menos es mas

Una jueza de Salta homologó un acuerdo entre fiscalía y defensa y le aplicó a una joven de 18 años una condena por transporte de estupefacientes por debajo del mínimo legal. La magistrada le explicó a la imputada en lenguaje claro las reglas de conducta impuestas. Toda la audiencia se realizó por videoconferencia.

Por:
Matías
Werner.
Editor
de
Diario
Judicial
Por:
Matías
Werner.
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Diario
Judicial

Tras una audiencia de control de acusación, la vocal de la Cámara Federal de Salta actuando de forma Unipersonal, Marina Catalano, resolvió homologar un acuerdo de juicio abreviado en el marco de una investigación por transporte de estupefacientes en la que se encontraba imputada una joven de 18 años.

El fallo cuenta con varias particularidades, entre las que se destacan que la condena impuesta por la magistrada es de tres años de ejecución condicional, “perforando” el mínimo legal establecido para el delito de transporte de estupefacientes, que es de cuatro años de prisión. Además, se le explicó en lenguaje claro cuáles eran las consecuencias legales del acuerdo homologado.

Sumado a ello, la audiencia se celebró por videoconferencia, con cada una de las partes en sus despachos y la imputada en su domicilio. Todas las actuaciones tramitaron conforme las pautas del nuevo Código Procesal Penal Federal. Fue así que a dos meses del hecho, la causa  “I., I. E. s/ infracción a la ley 23.737 - Audiencia de control de acusación”;  tiene sentencia firme.

 

“La imputada es una mujer-niña que acaba de cumplir 18 años y debemos procurar no truncar su proyecto de vida, por lo que resulta idónea y acorde la propuesta acercada de otorgarle una única oportunidad a la imputada para que pueda rehacer su conducta y cambiar un hábito que ya se venía perfilando negativo”

 

Según surge del expediente, el 11/03/20 a hs 11:30 aproximadamente, cuando Gendarmería realizaba un control público de prevención en la ruta nacional 9/34, se inspeccionó un colectivo procedente de Salta con destino a la provincia de Tucumán donde  se halló un paquete con 1,025 kg de cocaína en su interior en el asiento de la imputada.

 


La audencia se llevó adelante por medio de videoconferencia

El fiscal del caso le imputó la comisión del delito de transporte de estupefacientes (art. 5, inc. “c” de la ley 23.737) y la llevó a juicio oral, pero antes de la audiencia de Control se arribó a un acuerdo abreviado pleno en los términos del artículo 323 y concordantes del CPPF, donde la joven aceptó la existencia del hecho imputado, su participación en él y la calificación legal otorgada.

El fallo recalcó que, aún cuando la Ley de Estupefacientes prevé una sanción de 4 a 15 años de prisión “algunas situaciones, en especial cuando el imputado es una persona que cometió un primer delito, el mínimo resulta excesivamente alto”.

Ese fue el caso de la joven, que según recopiló la jueza Catalano, desde un primer “colaboró y demostró una predisposición a someterse a la acción de la justicia, destacándose la existencia de una red familiar de contención, en especial de su padre”.

De ese modo, se aplicó la doctrina de los fallos “García, Camila Belén y otros s/recurso de casación” y “Ríos, Mauricio David s/recurso de casación” para “atender al principio de la relatividad de los mínimos legales que permite apartarse de la escala penal cuando los mandatos superiores autorizan a inferir que el mínimo de esa escala punitiva”:

“La imputada es una mujer-niña que acaba de cumplir 18 años y debemos procurar no truncar su proyecto de vida, por lo que resulta idónea y acorde la propuesta acercada de otorgarle una única oportunidad a la imputada para que pueda rehacer su conducta y cambiar un hábito que ya se venía perfilando negativo”, sostuvo la magistrada, que consideró desproporcional imponerle una pena “que necesariamente la colocaría en situación de encierro carcelario”.

La jueza le remarcó a la condenada “el esfuerzo desplegado por el sistema de justicia” para conferirle “una única oportunidad de reacomodarse al cumplimiento de la ley”. La joven prometió no reincidir, someterse al cuidado del patronato respectivo y se comprometió a estudiar y realizar las prácticas necesarias para su capacitación laboral



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