03 de Octubre de 2024
Edición 7064 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/10/2024
Padres deberán ver videos de concientización

La Justicia cuida la habitación

Por un fallo judicial, una madre y su hija trans seguirán viviendo en la misma casa, pero no podrán ingresar a la habitación donde se encuentre la otra, a raíz de una denuncia por violencia familiar.

En la causa “S., M. E. y otro - Denuncia por violencia familiar”, el juez de Bell Ville Eduardo Bruera acogió la denuncia de una joven trans de 17 años  a sus progenitores por ejercer violencia familiar en su contra, y le prohibió a la madre de la demandante que ingrese a la habitación donde se encuentra su hija y a la inversa.

En un decreto anterior, el magistrado ya había ordenado la exclusión del padre por violencia familiar (ver vínculo relacionado), pero dictó una nueva resolución porque se registraron nuevos episodios de violencia por parte de la madre, que todavía residía en la casa. 

 

El juez Bruera también ordenó a la madre que limite su permanencia en el domicilio y detalló que ella podrá permanecer en la vivienda de lunes a viernes, desde que finalice su jornada laboral hasta la mañana siguiente.

 

La resolución aclara que madre e hija vivirán en la misma casa; pero sólo están autorizadas a circular por las partes comunes de la vivienda para ingresar, egresar y utilizar el baño, con la expresa prohibición de ingresar a las dependencias del domicilio donde la otra desarrolla su vida cotidiana.

Por otro lado, el magistrado ordenó a los padres de la joven trans que vean una serie de videos de concientización para que les ayuden comprender la identidad transgénero de su hija como así también la importancia del acompañamiento familiar a este proceso; y fijó un régimen provisional de alimentos, solventado en forma solidaria por ambos progenitores, que garantice el desarrollo integral de la joven hasta el cumplimiento de los 21 años.

El magistrado notificó a las partes con un comunicado redactado en lectura fácil que lo que se decidió es “prohibir el ingreso de M. E. S. a la unidad habitacional donde se encuentre M. A. S. y viceversa. Esto significa que ella y su hija A. eviten acercarse y comunicarse adentro del hogar; por ejemplo, que A. no ingrese a la habitación de M. E. y M. E. no ingrese a la habitación de A.; que traten de no discutir ni molestarse, etc”.

El juez Bruera también ordenó a la madre que limite su permanencia en el domicilio y detalló que ella podrá permanecer en la vivienda de lunes a viernes, desde que finalice su jornada laboral hasta la mañana siguiente. Sin embargo, precisó que no podrá estar en el domicilio durante el descanso laboral del mediodía ni los fines de semana, cuando tendrá que ir a la vivienda rural donde reside el padre.

“En el caso en que M. E. S. crea que es mejor irse a vivir en dónde está A. A. S. por un tiempo, puede hacerlo. En ese caso, le pido que nos avise. Es importante que sepan que estas medidas son por un tiempo y con el objetivo de mejorar la situación familiar” afirmó el juez.

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