29 de Abril de 2024
Edición 6955 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/04/2024

Sin confianza hay despido

La Cámara del Trabajo consideró justificado el despido por pérdida de confianza de una mujer que presentó un certificado médico falso para intentar justificar una inasistencia laboral.

En la causa “M., S. D. c/ Yazaki Argentina S.R.L. s/ Despido”, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que resulta justificado el despido por pérdida de confianza ante la presentación de un certificado médico falso para intentar justificar una inasistencia laboral.

Los titulares de la Cámara, Gregorio Corach y Daniel Stortini, confirmó la sentencia de grado y rechazó los argumentos de la demandada, quien sostuvo no existe ninguna prueba que demuestre que ella fue quien adulteró el certificado médico que motivó el la resición de su contrato por parte de la empresa.

El caso reune los requisitos solicitados por la ley para que se torne justificado el despido por falta de confianza, ya que se constató un gravísimo incumplimiento a sus deberes de buena trabajadora y buena fe laboral. 

Los resaltaron que el “profesional que habría firmado el certificado médico que la accionante entregó como justificación de sus ausencias, no se encontraba en los registros de matrículas de tales organismos, ni por el número, ni por el nombre y apellido del mismo”, según los informes del Ministerio de Salud de la Nación, Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires.

Por lo tanto, “la presentación del aludido certificado médico para intentar justificar una inasistencia laboral, objetivó un incumplimiento contractual de la trabajadora –más allá de la defensa intentada en cuanto a afirmar que no fue ella quien firmó ese documento- que por su gravedad no toleró la continuidad del contrato al resultar incompatible con el principio de buena fe que debe primar en toda relación laboral individual", se detalla en el fallo.

El caso reune los requisitos solicitados por la ley para que se torne justificado el despido por falta de confianza, ya que se constató un gravísimo incumplimiento a sus deberes de buena trabajadora y buena fe laboral. 

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