24 de Abril de 2024
Edición 6952 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 25/04/2024

No quiero saber nada de la abuela

En Azul, un Tribunal resolvió postergar la orden de revincular a una niña con su abuela materna, pese a que hay una sentencia que lo ordena. Es porque la menor, cuya madre fue asesinada y enterrada como N.N., desconoce y niega la existencia de la mujer, quien reclama un régimen comunicacional. Los detalles del caso

Por:
Cindy Monzón
Por:
Cindy Monzón

En los autos "Carmen s/ Tutela", la Cámara Civil y Comercial de Azul suspendió los intentos de revincular a una niña con su abuela materna, quien reclama un régimen, porque la menor no la reconoce y niega la existencia de la mujer.

Los miembros del Tribunal, José Mario Galdós, María Inés Longobardi y Víctor Peralta Reyes, resolvieron posponer por el plazo de un año el otorgamiento definitivo de la tutela a sus guardadores, a las resultas del proceso de revinuculación con su abuela materna, para cuyo fin se dispuso un programa detallado que involucra distintos aspectos.

La abuela de la menor denunció que su hija fue asesinada de seis disparos por parte de su ex pareja, padre de la niña, y que su nieta fue entregada al hijo del asesino, por lo que es necesaria la revinculación con ella. Agregó que por la muerte de la mujer, el hombre fue condenado a prisión y murió cumpliendo la condena.

A la demandante nunca se le comunicó la muerte de su hija, que fue enterrada como NN, mientras ella la buscaba por medio de campañas gráficas y por Internet y tampoco tenía conocimiento de la existencia de su nieta, quien fue derivada a un hogar del Estado y, según sostuvo la abuela, le negaron el derecho de contar con la protección de su familia materna.

La justicia debió intervenir en el asunto porque, según se pudo probar, la menor de 12 años estaba bajo la guarda de su hermanastro y su esposa, a quienes llama "mamá" y "papá", y expresó su voluntad de suspender cualquier proceso de vinculación con su familia materna y pidió que le otorguen la tutela definitiva a sus guardadores.

Para los jueces, la niña encontró en el matrimonio formado por su hermano paterno y su esposa a un grupo familiar interesado en su bienestar y en su desarrollo como si se trataran de sus verdaderos padres. Además, se encuentra además totalmente integrada en la comunidad en que vive y que constituye su “centro de vida” y la calidad de su vínculo con el grupo familiar con el que convive constituye un elemento determinante en su decisión.

La abuela de la menor denunció que su hija fue asesinada de seis disparos por parte de su ex pareja, padre de la niña, y que su nieta fue entregada al hijo del asesino, por lo que es necesaria la revinculación con ella. Agregó que por la muerte de la mujer, el hombre fue condenado a prisión y murió cumpliendo la condena.

Teniendo en cuenta el interés superior del niño, los magistrados coincidieron en que no puede apartar a la abuela biológica de la vida de la menor y por eso resolvieron crear un programa, donde intervienen distintos profesionales, para lograr una vinculación lenta, respetando los procesos de la menor involucrada.

Asimismo, decidieron posponer por un año el otorgamiento de la guarda definitiva al matrimonio que hoy cuida de ella, esperando el resultado del programa propuesto.

Finalmente, los camaristas aclararon que en la sentencia se usaron nombres de fantasía para proteger la identidad de las partes y evitar que puedan ser reconocidos y adjuntaron al fallo una carta para la niña donde le explican los motivos de su decisión.

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