17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Una noche fatal

La Cámara Civil condenó al propietario de un boliche por la muerte de un asistente que fue golpeado por su personal de seguridad.

En los autos "D. L. R. y otro c/ Fantástico Producciones S.A. y otro s/ daños y perjuicios", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil condenó al propietario de un boliche por la muerte de un asistente que fue golpeado por su personal de seguridad.

La parte demandante relató que, junto a sus amigos, se encontraban en el boliche junto a sus amigos y se inició una pelea con otro grupo de jóvenes. El personal de seguridad repartió golpes con cachiporras y bastones, y uno de ellos le dio un golpe en la cabeza a la víctima que fue trasladada al hospital Penna y falleció días después. 

 

Los jueces señalaron que el empresario organizador del espectáculo público, cualquiera sea su finalidad, o quienquiera que asuma su organización, a título oneroso o gratuito, deberá responder en cada caso en que incumpla las obligaciones que pone a su cargo el contrato atípico que celebra con los espectadores asistentes.

 

Los miembros del Tribunal determinaron que corresponde también responsabilizar a la empresa de seguridad porque no adoptó todas las medidas necesarias para que la permanencia de los asistentes pudiera cumplirse sin peligro, siendo que el hecho no puede ser considerado caso fortuito.

En esa línea, los camaristas añadieron que las declaraciones de los testigos "ilustra acabadamente acerca de la reiteración de acontecimientos como el referido, en los que el alcohol, sin lugar a dudas, es un elemento determinante".

A pesar de los argumentos del dueño del lugar para liberarse de la responsabilidad, los magistrados explicaron que la jurisprudencia es muy clara al respecto y señala que "no se liberará si el hecho dañoso se produce en lugares o mediante cosas bajo su control, o si en la causación participara personal bajo su dependencia".

Los jueces señalaron que el empresario organizador del espectáculo público, cualquiera sea su finalidad, o quienquiera que asuma su organización, a título oneroso o gratuito, deberá responder en cada caso en que incumpla las obligaciones que pone a su cargo el contrato atípico que celebra con los espectadores asistentes.

Finalmente, tanto el dueño del boliche como la empresa de seguridad contratada deberán abonarle una importante indemnización a la mujer y el hijo del hombre fallecido a causa de los golpes de un guardia de seguridad.

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