10 de May de 2024
Edición 6963 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 13/05/2024

Las hojas de la discordia

Luego de un mes preso por tenencia de hojas de coca, la Cámara Criminal y Correcional liberó al joven hijo de migrantes bolivianos. Los jueces dictaron falta de mérito y explicaron que la ley argentina excluye la penalización del consumo de dichas hojas.

La Sala II de la Cámara Criminal y Correccional Federal, integrada por Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, liberó  al joven hijo de migrantes bolivianos que estuvo preso un mes por tenencia de hojas de coca.

José Luis Zurita Delgadillo es estudiante universitario y fue detenido el pasado 25 de agosto por tener en el baúl de su auto 77 paquetes envueltos en papel de diario con 400 gramos de hojas de coca en estado natural, destinados a compartir con la comunidad boliviana que festejaba la fiesta de la Virgen de Urkupiña.

 

Si bien el joven fue apresado por cometer una supuesta infracción a la Ley 23.737, esta sostiene en uno de sus artículos que “la tenencia y el consumo de hojas de coca en su estado natural destinado a la práctica del coqueo o masticación, o a su empleo como infusión no será considerada como tenencia o consumo de estupefacientes”.

 

Luego de un mes detenido en el Penal de Marcos Paz, Irurzun y Bruglia dictaron hoy la falta de mérito y ordenaron su inmediata liberación, y sostuvieron que "no fueron hallados en poder de los imputados elementos de corte, de acondicionamiento o precursores químicos que den cuenta del destino de la sustancia achacada".

"Tampoco se encontró información -almacenada en los dispositivos celulares secuestrados entre sus pertenencias- que revelen la existencia de maniobras compatibles con la actividad en debate", agregaron los camaristas.

En su escueto fallo, los miembros del Tribunal se limitaron a señalar que las hojas de coca en estado natural incautadas estaban destinadas a la práctica del coqueo o masticación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la ley 23.737. 

Si bien el joven fue apresado por cometer una supuesta infracción a la Ley 23.737, esta sostiene en uno de sus artículos que “la tenencia y el consumo de hojas de coca en su estado natural destinado a la práctica del coqueo o masticación, o a su empleo como infusión no será considerada como tenencia o consumo de estupefacientes”.

De esta manera, los magistrados revocaron la sentencia de grado dispuesta por el Juzgado Criminal y Correccional Federal N°5 y ordenaron la liberación del imputado.

 

 

 

 

 

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