07 de May de 2024
Edición 6959 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 08/05/2024

Cuidado con las redes sociales

La Cámara Criminal y Correccional validó el reconocimiento de un imputado por lesiones mediante la red social Facebook.

En los autos “S., M. F. s/ procesamiento-lesiones”, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional validó el reconocimiento de un imputado por lesiones mediante la red social Facebook.

El imputado fue acusado de circular con auto de alquiler e interceptar en la vía pública a un hombre para amenazarlo, lo golpeó con una manopla de hierro y se dio a la fuga. Gracias a un grupo de Facebook, la víctima lo reconoció y aportó las fotografías a la Justicia.

 

Si bien la defensa argumentó que la resolución de grado cuestionada carece de una adecuada fundamentación, los jueces resolvieron confirmar el procesamiento del imputado bajo los delitos de lesiones, coacción y daños.

 

Los miembros del Tribunal expresaron que no advierten la falta de fundamentación detallada por la defensa, ya que el auto de mérito cuestionado cumple adecuadamente con la motivación exigida por el artículo 123 del Código Procesal Penal, por cuanto el juez de la instancia anterior reseó las pruebas que ponderó y las razones que determinaron el juicio de convicción asumido. 

En esa línea, los magistrados resaltaron que gracias a la red social se pudo identificar al demandado y se verificó que él era el titular de la patente del vehículo que intervino en los episodios señalados por el damnificado.

El relato de la víctima y los aportes fotográficos que presentó alcanzan para el convencimiento que esta etapa del proceso requiere, artículo 306 del Código Procesal Penal, y, por lo tanto, el procesamiento no resulta nulo.

Si bien la defensa argumentó que la resolución de grado cuestionada carece de una adecuada fundamentación, los jueces resolvieron confirmar el procesamiento del imputado bajo los delitos de lesiones, coacción y daños.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486