La Justicia ratificó el fallo que suspende los artículos de la Ley de Medios que aseguraban el acceso gratuito a eventos futbolísticos relevantes.
En los autos “IMAGEN SATELITAL SA Y OTRO c/ EN- JGM Y OTROS s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO”, la Cámara Contencioso Administrativo Federal ratificó el fallo que suspende los artículos de la Ley de Medios que aseguraban el acceso gratuito a eventos futbolísticos relevantes.
La causa se originó por una carta a documento enviada por una canal de Misiones a FOX y Turner, empresa que actualmente tiene los derechos del fútbol, donde les exigió poder transmitir los partidos ya que los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Servicio de Comunicación Audiovisual los amparaba.
La Sala III, a cargo de Jorge Esteban Argento, Sergio Fernández y Carlos Manuel Grecco, confirmó el fallo de primera instancia donde el juez Enrique Lavié Pico suspendió dichos artículos teniendo en cuenta que Presidencia de la Nación y la AFA suspendieron el contrato por el cual le habían cedido al Estado Nacional los derechos de explotación de los torneos del fútbol argentino.
A partir de esta resolución ningún canal que no tenga los derechos podrá transmitir los partidos de la Primera División ni los partidos de la Selección Argentina.
Por último, los jueces resaltaron que "aún no se ha expedido el Consejo Federal de Comunicaciones sobre los eventos deportivos de interés y que, si bien nada podría suponer que los torneos de fútbol donde participen clubes de primera división podrían ser plasmado en un futuro listado".