La justicia de Mar del Plata condenó al dueño de un vehículo mal estacionado por los daños que le provocó a un motociclista al ser embestido por otro automóvil.
En los autos "Barcos Carlos Alberto c/ Depaoli Andrés Hernán s/ daños y perjuicios – autom. c/ les. o muerte (exc. estado)", la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata condenó al dueño de un vehículo mal estacionado por los daños que le provocó a un motociclista al ser embestido por otro automóvil.
La demanda fue interpuesta por el motociclista que fue herido cuando se encontraba detenido en la vereda, en una esquina, y fue embestido por un vehículo sin conductor que a su vez había sido chocado por un tercero.
Para los jueces, la intervención del tercero influyó en la relación de causalidad entre el daño producido al actor y el automotor propiedad del demandado, "pues no parece que un vehículo sin conductor pueda subirse arriba de la vereda sin el impulso de una fuerza suficiente, y tampoco sería posible que rodara sobre la vereda si hubiera estado correctamente estacionado, esto es, paralelo al cordón y no a 45°".
En ese sentido, los magistrados resaltaron que se demostró que el automotor del demandado se encontraba mal estacionado, o sin los frenos pertinentes para evitar que el rodado pudiera ser objeto de desplazamiento a causa de la pendiente y generar riesgo para los transeúntes".
Por todo lo expuesto, los miembros del Tribunal condenaron al dueño del rodado mal estacionado a abonarle una importante suma de dinero al conductor de la moto que sufrió varias y graves lesiones a raíz del accidente.