La Cámara Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento de un empleado de la AFIP por realizar una campaña difamatoria contra Elisa Carrió al utilizar información amparada por el secreto fiscal.
En los autos "B. G. s/ procesamiento", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento de un funcionario de la AFIP por realizar una campaña difamatoria contra la legisladora Elisa Carrió, al utilizar información amparada por el secreto fiscal.
El empleado de la AFIP utilizó información amparada por el secreto fiscal a fines de efectuar una campaña de desprestigio, ajenos a la misión del organismo recaudador.
El hecho salió a la luz a raíz de una publicación de la Revista XXIII que denunció que la diputada estaba construyendo una chacra que no se correspondía con sus ingresos.
A partir de allí, el funcionario de la entidad solicitó el allanamiento de determinadas fincas del Club de Campo Chacras de la Cruz, situado en Capilla del Señor, provincia de Buenos Aires por supuesta evasión de impuestos por parte de la empresa constructora, que supuestamente había vendido un terreno a Carrió.
Para los miembros del Tribunal, el empleado de la AFIP utilizó información amparada por el secreto fiscal a fines de efectuar una campaña de desprestigio, ajenos a la misión del organismo recaudador.
En ese sentido, los jueces remarcaron que el empleado hizo un uso "incorrecto, arbitrario o improcedente de una facultad jurídica también configura la acción descripta por el tipo penal, que se concreta cuando el funcionario hace algo que la ley como principio abstracto le permite hacer, simulando que se encuentran dadas las condiciones para actuar de tal manera".
Finalmente, los magistrados afirmaron que el funcionario de la AFIP se basó sólo en las versiones periodísticas para dictar el allanamiento y crear una imagen negativa de la política, que en ese entonces se encontraba en plena campaña.