29 de Abril de 2024
Edición 6955 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/04/2024

Ni arrepentida ni excarcelada

La Justicia Penal confirmó una sentencia que rechazó el pedido de excarcelación de una mujer presa por tráfico de estupefacientes. Asimismo, los jueces denegaron el pedido de la defensa para que sea acogida bajo la figura del arrepentido.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la sentencia de grado que rechazó la excarcelación de una mujer detenida por narcotráfico y falsificación de moneda extranjera.

En la causa caratulada “M., N. N. S.,s/ excarcelación”, la defensa de la imputada solicitó que su defendida sea juzgada bajo la figura del arrepentido y se haga lugar al nuevo pedido de excarcelación.

Frente a ello, los miembros del Tribunal, Eduardo Farah y Martín Irurzun, explicaron que la ley 27.304 prevé un mecanismo para determinados delitos de tráfico de estupefacientes, delincuencia organizada y corrupción en la administración pública mediante el cual se reduce la pena a los partícipes cuando brinden información o datos precisos, comprobables y verosímiles que ayuden a esclarecer la causa.

En este caso puntual, aclararon los magistrados, los hechos aún se encuentran en una etapa de investigación, sin haber arribado a definiciones concretas, por lo que no se puede determinar todavía si la acusada puede acogerse a la figura del arrepentido solicitada.

En ese sentido, los jueces resaltaron que la imposición y mantenimiento del encierro preventivo de la mujer obedeció a la corroboración de los factores previstos por los arts. 312, 316, 317 y 319 del CPPN, que permiten presumir un alto nivel de riesgo procesal.

Por todo lo expuesto, los camaristas resolvieron confirmar la sentencia de grado en todos sus puntos.

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