01 de Abril de 2026
Edición 7426 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/04/2026
Diario Judicial

El cannabis medicinal es ley

El Senado de la Nación aprobó por unanimidad el proyecto que contempla el uso terapéutico del cannabis para el tratamiento de diferentes patologías y su investigación médica y científica. A partir de ahora, el Estado será el encargado de proveer la sustancia a quienes lo requieran.

Por:
Cindy
Monzón
Por:
Cindy
Monzón

Con 58 votos a favor y 0 en contra, la Cámara de Senadores de la Nación convirtió en ley le proyecto de Cannabis medicinal que aprueba el tratamiento con esta sustancia de enfermedades específicas y promueve la investigación médica y científica. En noviembre del año pasado obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados.

El proyecto establece, en su primer artículo, “un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico o paliativo del dolor de la planta de Cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud".

También contempla la creación de un “Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales”, que deberá funcionar bajo la órbita del Ministerio de Salud y, de esa manera, “garantizar el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del Cannabis” a quienes lo requieran e “investigar los fines terapéuticos y científicos de la sustancia".

Uno de los puntos más cuestionados de la ley es que no contempla el auto-cultivo de cannabis, por lo tanto el Estado deberá ser el garante de proveer el componente y el Poder Ejecutivo será en el encargado de nombrar a la autoridad de aplicación. Para el cultivo y preparación de la sustancia, se preve que los nombrados sean el Conicet y el INTA.

En ese marco, el artículo 7 del proyecto autoriza a la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) a importar aceite de Cannabis y sus derivados hasta que el Estado este en condiciones de proveer. Asimismo, "se priorizará y fomentará la producción del aceite a través de los laboratorios públicos nucleados en la ANLAP (Agencia Nacional de Laboratorios Públicos)".

En el último tiempo, muchos fallos judiciales obligaron al Estado Argentino a importar la sustancia de Estados Unidos para pacientes que requerían este tipo de tratamiento. Por otra parte, Córdoba y Mendoza fueron las primeras provincias en convertir este proyecto en ley.

Quienes necesiten acceder a tratamientos de este tipo deberán anotarse en el “registro nacional voluntario” y serán evaluados por el “consejo consultivo honorario”, integrado por instituciones, asociaciones, ONGs y profesionales del sector público y privado.

Según establece el texto, la reglamentación no deberá demorar más de 60 días y el Ejecutivo deberá informar las partidas presupuestarias para cumplir con la ley.

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