02 de Diciembre de 2024
Edición 7103 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/12/2024
Doctrina Campillay 3.0

Sin comentarios para el juez criticado en los foros web

El STJ de Tucumán falló a favor del diario La Gaceta y rechazó la demanda de un juez que pretendía una indemnización por los comentarios críticos de los lectores en una serie de notas publicadas en la versión web acerca de su decisión de dictar prisión preventiva a un acusado de homicidio.

En los autos “Z. A. A. vs. La Gaceta S.A. s/ Daños y perjuicios”, la Corte Suprema de la Provincia de Tucumán falló a favor del diario La Gaceta al rechazar la demanda de un juez que pretendía una indemnización por comentarios de los lectores en internet.

El juez de la Sala I de la Cámara Penal de San Miguel de Tucumán, Alfonso Arsenio Zóttoli, denunció al diario en 2009 por una serie de comentarios de los lectores en varias de notas publicadas sobre su decisión de dictar la prisión preventiva de un joven durante la investigación de un homicidio.

Los integrantes del Máximo Tribunal expresaron que "los comentarios supuestamente lesivos vertidos por los foristas en el foro de La Gaceta Online, resaltando que los mismos consisten en opiniones o juicios de valor realizados por los foristas sobre el actor y su desempeño como magistrado, en el marco de las notas periodísticas vinculadas a un pronunciamiento judicial emitido por el actor en ejercicio de su función de magistrado".

En ese sentido, los jueces explicaron que incluso cuando se interprete que los comentarios de los lectores constituyen información falsa o insultos (difundidos en la plataforma virtual de la demandada), se observa que no es posible atribuir responsabilidad al medio de comunicación a la luz de la doctrina “Campillay” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Asimismo, una expresión considerada como comentario no da lugar a una responsabilidad civil o penal a favor de las personas que ocupan cargos en el Estado.

"Los hechos del caso evidencian que las expresiones de los foristas, que el actor interpreta lesivas, no pueden traer aparejada responsabilidad al medio de comunicación en el que sólo fueron reflejadas, en tanto se observa que el foro de debate en la página web realiza una atribución sincera de la expresión a la fuente de la misma (cada forista que escribe), de modo que aquella deja de ser propia del medio. De esta forma, se encuentra transparentado el origen de la información y se permite a los lectores relacionarla no con el medio a través del cual las han recibido, sino con la específica causa que la ha generado", resaltaron los magistrados.

Además, quedó demostrado que no hubo una conducta antijurídica atribuible al diario o a sus dependientes, ya sea por haber distorsionado las manifestaciones del emisor, realizado valoraciones personales o asumido activamente la inexactitud o agravio. Ninguna responsabilidad tiene el medio que sólo proporciona la plataforma para operar y reflejar los comentarios.


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