19 de Abril de 2024
Edición 6949 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/04/2024

Los precursores de la lucha contra el narcotráfico

El Ministerio de Seguridad de la Nación presentó un proyecto de ley para penalizar el desvío de precursores químicos a la producción ilegal de estupefacientes. La iniciativa reprime a quien desviare precursores químicos o sustancias químicas esenciales hacia la producción ilegal de estupefacientes. 

Por:
Rita Lucca
Por:
Rita Lucca

El 13 de agosto de 2008, los cuerpos de Sebastián Forza, Leopoldo Bina y Damián Ferrón fueron hallados en un zanjón, a metros de la ruta 24, en General Rodríguez. El caso marcó un antes y un después respecto al comercio de precursores químicos para la elaboración de drogas ilegales.

Con el objetivo de incorporar las nuevas herramientas necesarias para enfrentar la problemática del narcotráfico, el Ministerio de Seguridad envió al Congreso un proyecto de ley basado en una iniciativa elaborada e impulsada por la senadora nacional por Salta Sonia Escudero (PJ), que obtuviera, por unanimidad, sanción del Senado a fines de 2008.

Según los fundamentos de la propuesta, la finalidad central es que “en el ordenamiento jurídico de la República Argentina se refleje la preocupación que existe a nivel mundial que busca que se contemple en las legislaciones de todos los estados la penalización del desvío de precursores químicos a la producción ilegal de estupefacientes”.

El proyecto, al que Diario Judicial accedió, prevé reprimir “con prisión de dos (2) a ocho (8) años e inhabilitación especial de cuatro (4) a doce (12) años al que, por cualquier medio, ingresare en la zona de frontera delimitada por ley o desviare de los canales legales regulados por la normativa, precursores químicos o sustancias químicas esenciales para la producción ilegal de estupefacientes”; y si se tratare de una persona jurídica, “sanciona a la misma con una pena de multa en pesos”.

Respecto a la persona jurídica que interviene en el falseamiento de datos, la propuesta originaria sugería la disolución y la liquidación del ente, prevista por la Ley General de Sociedades N° 19.550. Sin embargo, la cartera la consideró “inconveniente dado que se trata de una de las soluciones legales para la finalización de la sociedad desde un punto de vista exclusivamente comercial”.

La iniciativa también se ocupa de cuestiones probatorias y administrativas. Sobre dicha cuestión, establece que "el juez dispondrá la destrucción por la autoridad sanitaria nacional de los estupefacientes en infracción o de los elementos destinados a su elaboración, salvo que pertenecieren a un tercero no responsable o que pudieran ser aprovechados por la misma autoridad, dejando expresa constancia del uso a  atribuirles”.

No obstante, el proyecto aclara que “previamente deberá practicarse una pericia para determinar su naturaleza, calidad y cantidad, conservando las muestras necesarias para la sustanciación de la causa o eventuales nuevas pericias, muestras que serán destruidas cuando el proceso haya concluido definitivamente”.

Y agrega: “Se procederá al decomiso de los bienes e instrumentos empleados para la comisión del delito, salvo que pertenecieren a una persona ajena al hecho y que las circunstancias del caso o elementos objetivos acreditaren que no podía conocer tal empleo (...) se procederá a la incautación del beneficio económico obtenido por delito”.

En cuanto a la Ley de Drogas (23.737), la propuesta dispone que el Poder Ejecutivo Nacional deberá ”actualizar periódicamente listados de sustancias o productos químicos que, por sus características o componentes, puedan servir de base o ser utilizados en la elaboración de estupefacientes”. Igualmente, deberá establecer que “tipo de mezclas que contengan en su formulación dichas sustancias químicas estarán sujetas fiscalización”.

Por último, la iniciativa contempla la exigencia de “la fiscalización de mezclas, y no sólo la de precursores químicos”, un aspecto de suma importancia, ya que algunas mezclas contienen precursores químicos que son de fácil separación y, de esa forma, se adquiere la sustancia para ser desviada. 


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