10 de Octubre de 2024
Edición 7068 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 14/10/2024

Brevatas

Declaran la inconstitucionalidad de un artículo de la nueva Ley de Subrogancias | Mendoza: condenaron a un abuelo por el abuso de sus nietas | Luis Ventura, periodistas y policías fueron procesados por las fotos del cadáver de Jazmín De Grazia

 

Declaran la inconstitucional de un artículo de la ley de Subrogaciones

El magistrado Alberto Osvaldo Recondo, a cargo del Juzgado Federal N° 4 de la ciudad de La Plata, dispuso dejar sin efecto la designación de Laureano Durán como juez subrogante en el Juzgado Federal Nº 1. La resolución se dio en los autos “Uriarte, Rodolfo Marcelo y otro c/ Consejo de la Magistratura de la Nación s/ acción mere declarativa de inconstitucionalidad”, donde el juez dispuso que el “Consejo de la Magistratura de la Nación provea la designación de juez subrogante en el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 de La Plata”. 

Mendoza: un abuelo de 65 años fue condenado por abuso

Un fallo de la Segunda Cámara del Crimen de San Martín, Mendoza dispuso una condena a once años de prisión a un hombre de 65 años, al que se le comprobó haber abusado de sus tres nietas menores de edad. Según detalla el expediente, el hombre habría tenido acceso carnal con una de las víctimas, y con las dos restantes "sufrieron tocamientos". El Tribunal calificó los hechos como constitutivos del delito de abuso sexual agravado en reiteradas oportunidades. El fiscal del caso, Mariano Carabajal, había solicitado que se le aplique una pena de doce años.

Luis Ventura y otros periodistas y policías fueron procesados por develar las fotos del cadáver de Jazmín De Grazia
 
El juez de instrucción Juan Ramos Padilla decidió procesar al periodista de espectáculos Luis Ventura, junto a seis colegas y dos policías, en orden al delito de encubrimiento calificado con ánimo de lucro, por la exposición de las fotos de Jazmín De Grazia en el diario Crónica. En su fallo, el magistrado consignó que "no se difundieron imágenes que podrían denominarse comunes sino, por el contrario, se publicaron fotografías que podrían ser consideradas morbosas, de mal gusto, repudiables, innecesarias, y que claramente afectaron el ámbito privado e íntimo al no respetarse a la víctima ni a su familia, máxime cuando el hecho ocurrió en el interior de su vivienda particular".


dju
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