14 de May de 2024
Edición 6964 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 15/05/2024
Comunicación judicial

Sin certeza sobre las "fuentes judiciales"

La Corte de Justicia de Salta desestimó una presentación que alegaba el anuncio anticipado de las decisiones jurisdiccionales en un medio de comunicación, antes de la notificación formal a las partes.

En los autos “Guillén, Oscar Pedro - Abogado - Presentación referida a trámites judiciales", la Corte de Justicia de Salta ordenó desestimar la presentación efectuada por el abogado Oscar Pedro Guillén.

El representante, denunció lo sucedido en una causa penal relacionada con el senador nacional Juan Carlos Romero, en la que expresó que “se anunciaron anticipadamente decisiones jurisdiccionales en el Nuevo Diario de Salta, antes de la notificación formal a las partes”. El agraviado entendió que “lo publicado en ese diario procede, según éste, de fuentes del Poder Judicial, las que no pueden ser otras que los magistrados que resolvieron el recurso planteado en la causa en cuestión”.

Asimismo, el agraviado citó dicha publicación: “La defensa de Romero, explicaron las fuentes, presentó ya tres planteos que, si bien están contemplados como admitidos legalmente, sólo han tenido un fin dilatorio, pues ninguno de ellos prosperó, incluso señalaron que en cada presentación se advirtió que eran los mismos argumentos ya rechazados, con una o más hojas que se referían a lo mismo”. 

Por su parte, el Director de Prensa y Comunicaciones informó que la comunicación es "política de estado del Poder Judicial de Salta y la herramienta de dicha política es la Dirección a su cargo”. Por otro lado, sostuvo que “no constituye práctica de esa oficina brindar información sin respaldo, mucho menos ampararse en la expresión "fuentes del Poder Judicial"; por el contrario cada vez que se informa se lo hace indicando concretamente qué tribunal es originante de la comunicación, indicando claramente los canales comunicacionales que se emplean a tal fin”.

Por último, el encargado de prensa señaló que cuando el presentante habla de "fuentes judiciales, la amplitud del concepto podría comprender tanto a miembros del Poder Judicial de Salta como del Ministerio Público ya que los periodistas y hasta el mismo ciudadano no han internalizado la separación funcional que ordena la Constitución Provincial”.

En este sentido, la Corte de Salta afirmó que “la actividad judicial y la información que emana de sus órganos es pública y los ciudadanos tienen el derecho de acceder a ella a través de los medios de comunicación, por lo que resulta necesaria la existencia de un punto de equilibrio para que, en definitiva, el derecho a informarse, a expresarse libremente, o sea, la necesidad de saber lo que pasa en una causa judicial y el respeto al debido proceso, se puedan desarrollar en plena armonía junto a otras garantías constitucionales”.

“Debe facilitarse a la prensa el acceso a las fuentes de información, previo cumplimiento de los actos procesales respectivos en los términos establecidos por la legislación vigente en cada materia.  Que en ese sentido, la comunicación e información judicial constituyen política primordial del Poder Judicial, lo que ya se plasmó en la Acordada 9701 de esta Corte de Justicia que aprobó el último Plan Estratégico”, agregó la sentencia.

Además, los magistrados destacaron que “ante la necesidad de establecer pautas de comunicación entre los medios de prensa y este Poder Judicial, se aprobó por Resolución de Presidencia N° 238/14 el Protocolo de Gestión de Comunicación del Poder Judicial de Salta para la Dirección de Prensa y Comunicaciones, lo que representa nuestra herramienta legal de comunicación, en orden a garantizar así la transparencia de las decisiones judiciales, contribuyendo a consolidar el valor de la imparcialidad y objetividad de los actos de los tribunales y facilitando el acceso de la comunidad y la prensa a la información judicial”.

“Es así que, antes de presentar la denuncia que aquí se analiza, el letrado debió recabar mayores certezas sobre el origen de la noticia y no lanzar sospechas sobre miembros del Poder Judicial y, menos aún, tomar por cierta la mención de un medio de prensa a "fuentes judiciales" -así de genéricas y con ligereza- como emanadas de este Poder”, concluyó la Corte de Justicia de Salta. 



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