26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024
Una resolución con gran repercusión

El cuestionado fallo contra Felix Díaz

La Justicia formoseña procesó a Félix Díaz y a otros tres integrantes de la comunidad Potae Napocna Navogoh La Primavera en una causa que fue denunciada por el CELS como “armada por la policía provincial”. Los detalles de la resolución.

El titular del Juzgado de Instrucción y Correccional N° 2 de Clorinda, Formosa, Santos Gabriel Garzón, dictó el procesamiento de Felix Diaz, qarashe de la comunidad Potae Napocna Navogoh (La Primavera). También procesó a otros tres integrantes de la comunidad.

Se trata de la causa “Díaz Félix y otros s/daño, robo, atentado contra la autoridad con arma y lesiones. Fernandez Eugenio s/ daño, robo, atentado contra la autoridad con arma, lesiones y abuso sexual” en la que además de Díaz fueron procesados Clemente Sanagachi, Miguel Kisinakai y Eugenio Fernandez.

El procesamiento fue dictado el pasado 1 de noviembre aunque este lunes el Centro de Estudios Sociales y Legales (Cels) sostuvo que la causa estuvo “armada por la policía provincial con el objetivo de criminalizar a los integrantes de la comunidad”. El Cels patrocina a la comunidad en la causa.

“El objetivo del armado de la causa fue aportarle una excusa a la Policía de la provincia de Formosa para reprimir a los integrantes de La Primavera, que cortaban la ruta nacional n° 86 en reclamo de sus tierras. Sin embargo, y no obstante las graves inconsistencias que presentó el sumario policial, Garzón convalidó por completo la frágil versión de la fuerza provincial”, sostiene la organización mediante un comunicado.

Y explicaron que en la causa “se acusa a Félix y a otros qompi de haber atacado a efectivos policiales y de haberles robado armas durante la mañana del 23 de noviembre de 2010, horas antes de haber sido víctimas de una feroz represión a manos de la fuerza de seguridad provincial”.

Para procesar a los indígenas el magistrado se valió de los testimonios de la policía y de los de la familia Celia quienes se adjudican la posesión del territorio de la comunidad. En el caso de Diaz el juez justificó el procesamiento argumentando que “Los argumentos sostenidos por Diaz en su indagatoria no resultan suficientes para desvirtuar las pruebas de cargo en su contra, es decir en primer lugar que se hallaba en el interior de un campo ajeno, en la circunstancia de que se había roto un alambrado perimetral interno”.

En cuanto al presunto abuso sexual de una policía, el juez procesó a uno de los integrantes de la comunidad para ello se valió sólo en el testimonio de los policías. “La denunciante circunstancialmente lo reconoció posteriormente cuando ingresó detenido en la comisaria de Laguna Blanca” y “el hecho esta prima facie acreditado con las coincidentes testimoniales de Ricardo Cajes, Enzo Daniel Correa, Alejandro Amarilla, Pedro Celestino Vázquez y Jorge Ramón Sánchez” todos policías.

 



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