28 de Marzo de 2024
Edición 6936 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/04/2024

Los celos por Facebook no habilitan amenazas

La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento de una persona que amenazó a su ex pareja por supuestos celos a través de mensajes de texto y la red social Facebook. Los detalles del fallo firmado por los camaristas.

La sala IV de la Cámara del Crimen, con las firmas de Carlos González, Mariano González Palazzo y Alberto Seijas, confirmó el procesamiento de un hombre que por “celos” amenazó a través de Facebook y de mensajes de texto.

Se trata de la causa “R., J. C. s/ Procesamiento” donde la defensa del imputado presentó un recurso de apelación contra una resolución que procesó a su defendido por el delito de “amenazas simples reiteradas”.

Según consigna el expediente, el imputado amenazó a una mujer mediante el envio de mensajes de texto y conversaciones en la red social Facebook. Las actas aportadas a la causa reflejan “las transcripciones de los mensajes de texto que el nombrado habría enviado al teléfono celular de la víctima y en las impresiones de las conversaciones mantenidas entre las partes a través de la red social “Facebook”, consigna el fallo.

Es por ello que en primera instancia se lo procesó, y la Cámara confirmó ese fallo, ya que las pruebas permiten “considerar que las características del contenido de las frases que se endilgan a R. constituyen una intimidación idónea para infundir temor a su destinataria”.

Las amenazas “fueron dirigidas con el objeto de reiniciar la relación amorosa o bien a cuestiones vinculadas a celos del imputado”, consigna el fallo de la cámara.

Así desestimó el argumento de la defensa que sostenía que “las frases contenidas en dichos mensajes hubieran sido consecuencia directa de la ira u ofuscación propias del marco de una discusión” ya que “no fueron vertidas en oportunidad de un encuentro personal entre las partes en concierto sino que se expresaron por medios escritos”.

Por todo ello los magistrados confirmaron el fallo de la instancia anterior que procesó al imputado por el delito de “amenazas simples reiteradas en cuatro oportunidades y amenazas coactivas”.

 



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