13 de May de 2024
Edición 6964 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 14/05/2024

Que un año no es nada

El 26 de julio de 2012, un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos  reconoció el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados sobre el uso de sus tierras en Ecuador. Amnistía internacional advirtió sobre “la amenaza permanente de desalojo” de las comunidades indígenas en Argentina.

“La obligación de consultar a las Comunidades y Pueblos Indígenas y Tribales sobre toda medida administrativa o legislativa que afecte sus derechos, reconocidos en la normatividad interna e internacional, implica el deber de organizar adecuadamente todo el aparato gubernamental y las estructuras a través de las cuales se manifiesta el ejercicio del poder público”.

Esto sostuvo hace un año la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en la sentencia “Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku vs. Ecuador”, iniciada luego de que Ecuador permitiera que una empresa petrolera privada realizara actividades de exploración petrolera en territorio del Pueblo Sarayaku, desde finales de la década de los años 1990, sin haber garantizado su derecho a la consulta.

La Corte IDH reconoció el derecho del pueblo indígena ecuatoriano Kichwa de Sarayaku a ser consultado sobre el uso de sus tierras. Actualmente, según sostuvo Anmistía Internacional, “aunque ha habido algunos progresos, el Estado ecuatoriano todavía debe pedir disculpas al pueblo Kichwa de Sarayaku”.

Asimismo, debe “acelerar la remoción segura de las 1,4 millones de toneladas de explosivos que la empresa petrolera argentina Compañìa General de Combustibles enterró en las tierras de la comunidad”, explicó la ong internacional. El pueblo Kichwa de Sarayaku tiene unos 1.200 habitantes y sus tierras ancestrales están en una remota zona de la Amazonía, al este de Ecuador.

“En el año 2012 el Gobierno aprobó un decreto ejecutivo que proporciona un marco legislativo para la consulta en las zonas afectadas por los proyectos de petróleo y gas” explicaron desde la ong aunque “este decreto no fue consultado y acordado con los pueblos indígenas conforme con los estándares internacionales”.

Desde Anmistía Internacional recordaron que en la Argentina, “las comunidades indígenas viven la amenaza permanente de desalojo, pese a que éstos están prohibidos totalmente por la ley 26.160 cuya vigencia se extiende a noviembre de 2013 mientras se lleva a cabo un estudio nacional sobre las tierras ancestrales”.

En el mismo sentido sostuvieron que “la expansión de la frontera agrícola, de las industrias extractivas (minería, gas, petróleo) y de megaproyectos (represas, construcción de rutas para integración territorial) representan una amenaza para la subsistencia de los pueblos indígenas”.

“Argentina adeuda un mecanismo que reconozca y regule el derecho a la consulta previa y al consentimiento libre, previo e informado de los pueblos originarios sobre los proyectos que las afectan, conforme lo exigen el Convenio 169 de la OIT y la Constitución Nacional”, culminaron desde la ong internacional.

 



dju
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