17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Yo banco a los fiscales subrogantes

La procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó que debe desestimarse un pedido que pretende declarar inválido un dictamen de una fiscal subrogante. La Corte Suprema había pedido opinión de la procuradora y ahora deberá expedirse sobre la validez de las subrogancias.

Alejandra Gils Carbó, procuradora General de la Nación, opinó que debe desestimarse una presentación con respecto a la validez de un dictamen firmado por una procuradora fiscal subrogante ya que fue realizada “en ejercicio regular de las facultades de superintendencia” que le confiere la ley y a los “efectos de afrontar la emergencia generada” por la renuncia de la funcionaria que estaba a cargo.

La Corte Suprema solicitó a fines de mayo opinión a Gils Carbó acerca de la impugnación que hizo Antonio Conrado De Martino en el expediente “Automóviles Saavedra S.A. c/Fiat Argentina S.A.” donde el empresario argumentó que, en ese expediente, el 13 de marzo pasado dictaminó la procuradora adjunta subrogante Alejandra Cordone Rosello, y considera que no se trata de una fiscal constitucional sino de una designada sin respetar los mecanismos. Por eso solicita se declare la “nulidad del dictamen”.

La procuradora argumentó que Cordone Rosello venía “desempeñándose de hecho a cargo de la dependencia vacante desde la renuncia de la doctora Beiró de Gonçalvez” (fiscal a la que reemplazó Cordone Rosello. Aunque el empresario argumentó sobre los procesos que marca la Ley Orgánica del Ministerio Público referidos al procedimiento de selección mediante concursos de oposición y antecedentes de los fiscales.

“Esas reglas no regulan el procedimiento que ha de adoptarse ante la emergencia de una vacancia, licencia, ausencia, impedimento, excusación o recusación de un fiscal o procurador fiscal”, explicó la procuradora y agregó que la misma norma “prevé que los reemplazos y subrogancias se rigen por las leyes y reglamentaciones que se dicten al respecto”.

“Ante el surgimiento de una vacancia en un cargo de fiscal o procurador fiscal que puede afectar el normal cumplimiento de la función, corresponde a la titular del organismo asegurar la prestación del servicio público que la vacancia pone en riesgo mediante la designación de un reemplazante provisorio”, consignó la procuradora.

Por todo ello, la procuradora dictaminó que correspondería desestimar la presentación presentada por el empresario. Ahora es la Corte Suprema la que, con el dictamen en mano, deberá elaborar una resolución definitiva.

 



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