16 de May de 2024
Edición 6967 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 17/05/2024

Lo condenan a 5 meses de prisión en suspenso por un codazo

Un hombre fue condenado a 5 meses de prisión en suspenso por aplicarle, en medio de un partido de fútbol, un codazo a un adversario al que le produjo la fractura del pómulo y el maxilar. Los detalles de la causa.

Héctor Hugo Martínez, titular del Juzgado Correccional y de Garantías de Primera Nominación de Salta, condenó a 5 meses de prisión en suspenso a un hombre que “metió un codazo” en un partido de fútbol y le fracturó el pómulo y maxilar a otro.

Se trata de la causa "Monzo, Facundo Gonzalo por lesiones leves en perjuicio de Deramasco, Ricardo Darío” que se inició en octubre del 2010 cuando Monzo le propinó, “deliberadamente”, un codazo en la cara a Deramasco, en medio de un partido de fútbol amistoso.

El golpe, propinado solo a 10 minutos de iniciado el partido, le causó a la víctima múltiples fracturas en el pómulo y maxilar izquierdos, y la pérdida de la sensibilidad del nervio ubicado en esa parte del rostro.

Tal y como consignaron en la causa varios testigos, “Monzo, deliberadamente, le arrojó un codazo a la cara al jugador del otro equipo que se acercaba a marcarlo en disputa de la pelota, cuando ésta se encontraba en el piso”, consigna el fallo.

“No se trata entonces de una lesión ocurrida en el marco de una acción admitida dentro de las reglas básicas del fútbol a las que debe sujetarse el accionar en cualquier disputa, aún entre aficionados a ese deporte”, explica el juez en el fallo.

Y agrega que “la acción en la que se produjo la lesión del denunciante no se desarrolló en un obrar correcto, en el marco de un mandato de conducta propio de ese deporte, sino que se produjo en una infracción dolosa a las reglas básicas del fútbol”. Luego del golpe le dijo a la víctima “cagate por hacerte el fuerte”, consigna el expediente.

“No pueden quedar impunes las lesiones que se producen mediante infracción dolosa o gravemente imprudente a las reglas deportivas”, explicó el magistrado citando jurisprudencia internacional.

Por todo ello el magistrado le impuso al acusado la pena de cinco meses de ejecución en suspenso “atento a que el condenado no registra antecedentes condenatorios”.

 



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