17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Brevatas

Una clienta con depresión no puede firmar un convenio de honorarios válido | Presentan denuncia contra Tettamanti en la Magistratura | La causa Lourdes Di Natale es historia

 

La Justicia cordobesa anuló un convenio de honorarios abusivo

La Cámara Segunda Civil y Comercial de Río Cuarto, provincia de Córdoba, con el voto de los jueces Horacio Taddei, Daniel Gaspar Mola y José María Ordoñez, anuló el convenio de honorarios que había celebrado un abogado con una clienta, pues la mujer padecía de depresión, lo que fue considerado como un aprovechamiento de parte del profesional. En el año 1998, el letrado pactó ser retribuido con el 30% de lo que fuera a percibir su patrocinada en el pleito, en el cual la mujer había reclamado una indemnización por la seria depresión que sufrió tras ser cesanteada por la Municipalidad de Córdoba. La acción resarcitoria fue admitida, pero la mujer se resistió a pagarle al abogado lo que figuraba en el convenio. El juez de primera instancia admitió, sin embargo, la ejecución del pacto, por lo que la clienta apeló el pronunciamiento. No obstante, la Cámara entendió que el convenio era nulo porque el estado depresivo de la mujer "disminuyó considerablemente su voluntad" y "correcto discernimiento". En el caso se “evidencia una palmaria situación de inferioridad" que "perjudica insalvablemente la pretensión esgrimida por el actor, desde que el acuerdo celebrado ha plasmado en su confección una notoria ausencia de equivalencia en las prestaciones que en absoluto es posible dejar pasar pues, claramente, el letrado ha pretendido, con el convenio celebrado, obtener una parte muy significativa del monto indemnizatorio establecido en favor de la empleada pública”, puntualizaron los vocales cordobeses.

Denuncian a Tettamanti ante el Consejo de la Magistratura

Un abogado presentó ante el Consejo de la Magistratura un pedido de juicio político contra el reciente magistrado convocado para actuar en el juzgado Civil y Comercial Federal N° 1, Raúl Tettamanti, y que tiene entre sus manos la presentación del Grupo Clarín contra la constitucionalidad de la “cláusula de desinversión” de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Se trata de José Alberto Bermann quien presentó este miércoles ante el Consejo el pedido de juicio político contra el magistrado denunciando “posible organización para delinquir”. El abogado sostiene en el texto presentado que “resultó víctima de maniobras fraudulentas y prevaricadores” cometidas presuntamente por Tettamanti. “He tomado conocimiento de la posible existencia de una verdadera organización destinada a la comisión de ilícitos con la finalidad de apropiarse ilegalmente de más de mil millones de pesos en acciones y dinero en efectivo, correspondientes a los Fondos de Propiedad Participada de Empresas de Telefonía”, consigna Bermann en su presentación. El abogado denuncia al magistrado ya que este actualmente figura como subrogante del juzgado Civil y Comercial N° 4 donde, según dice, “”tiene a su cargo el trámite de ‘acciones de clase’ vinculadas a cuestiones relativas a empresas telefónicas también”.

Marche la causa Di Natale al archivo

La Cámara del Crimen porteña confirmó el archivo de la causa en la que se investigaba el caso de Lourdes Di Natale, ex secretaria del ex asesor presidencial del menemismo Emir Yoma, muerta en confusas circunstancias al caer desde una ventana de su casa hace más de nueve años. La Sala IV de la Cámara ratificó el archivo, dispuesto por cuarta vez desde que se produjo la muerte de la llamada "arrepentida del menemismo", el 3 de marzo de 2003, desde el noveno piso de un departamento del barrio porteño de Palermo. El tribunal, con las firmas de los jueces Alberto Seijas, Mariano González Palazzo y Carlos González, confirmó el archivo del expediente "tras los nueve años de profusa investigación de la causa y ante la imposibilidad de ahondar por otros medios sobre la hipótesis delictiva que sostiene la querella". Esa hipótesis delictiva, que argumenta el padre de la víctima, José Di Natale, representado por la abogada Nilda Formoso, sostiene que Lourdes no murió accidentalmente sino víctima de un homicidio. De hecho, Formoso anunció que apelará el cierre de la causa ante la Cámara Federal de Casación Penal. Tras el último archivo, dispuesto por el juez de instrucción Ricardo Farías, la Cámara había aceptado un planteo de la querella para aclarar aspectos de un listado de llamados telefónicos de la víctima antes de su muerte y obtener el testimonio de la hija que Lourdes Di Natale había tenido fruto de su relación con el abogado Mariano Cúneo Libarona.



dju

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