29 de Abril de 2024
Edición 6955 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/04/2024

A la cárcel por imprudente

La Justicia de Salta condenó por homicidio culposo a tres años y cinco meses de prisión efectiva a una persona que causó un accidente de tránsito en el que murió un motociclista. El hombre había hecho una mala maniobra y no pudo evitar la colisión.

 

Sandra Espeche, jueza en lo Correccional y de Garantías de Cuarta Nominación de Salta, condenó a Rafael Napoleón San Millán a la pena de tres años y cinco meses de prisión efectiva y 8 años de inhabilitación especial para la conducción de vehículos por ser autor responsable del homicidio culposo en accidente de tránsito en el que murió Josué Miguel Sánchez.

En septiembre del 2009, San Millán ubicó su camión Mercedes a contramano y luego se dispuso a cruzar una artería y dirigirse hacia un pasaje. Al momento de cruzar la calle con el camión una moto que venía por la calle lo chocó  y quedó debajo del vehículo. Como consecuencia, el motociclista falleció.

La defensa del imputado planteaba el hecho de que el conductor había puesto la luz de giro para realizar la maniobra de doblar en U en dirección al pasaje. Sin embargo, las pericias realizadas en la causa consignan que el camión “no cuenta con luces traseras y acrílico de óptica de giro lateral izquierdo, rota”.

Asimismo, se sostiene que las huellas de frenada del motociclista permiten dar cuenta de que “aplicó sus frenos en instantes previos a la colisión, maniobra que no evitó que impactara contra el lateral derecho del camión”

La magistrada sostuvo que “el hecho ilícito ocurrió y lo fue por la acción del propio imputado, dada su total falta de responsabilidad y cuidado en la conducción de vehículos automotores”.

En este sentido, y teniendo en cuenta todas las pruebas, tales como “luces traseras inexistentes, maniobra de giro, previo a estacionamiento en contramano, prohibida, falta de atención a los posibles obstáculos que pudieran presentársele, inadvertencia de la circulación de un motociclista ante el giro prohibido por la legislación vigente, muerte de la víctima, como resultado de su propio accionar ", la jueza concluyó en que el imputado "debe responder como autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo en accidente de tránsito".

Cabe recordar que la pena todavía no es de cumplimiento efectivo  por estar abiertas las vías recursivas correspondientes. Por el momento San Millán deberá comparecer todos los viernes ante el tribunal salteño hasta tanto se encuentre firme la sentencia.

 



dju

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Fallo Salta carcel accidente de tránsito

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