13 de May de 2024
Edición 6964 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 14/05/2024
Para casos de corrupción

Diputados resolverá sobre la incorporación del "arrepentido" oficial

Es en el marco de un proyecto sobre la Ley Anticorrupción que ya posee dictamen de las comisiones de Legislación Penal y Justicia de la Cámara de Diputados y que deberá ser debatido en el recinto.   La iniciativa posee el apoyo del CIPCE aunque en el recinto se espera la definición de ciertos puntos como el del decomiso de bienes “sin necesidad de condena penal”.

 

La Cámara de Diputados deberá resolver próximamente el proyecto que modificaría el Código Penal con respecto a los delitos contra la Administración Pública y el Orden Constitución, la conocida ley Anticorrupción.

La iniciativa es impulsada por el diputado Juan Carlos Vega (CC) y posee el respaldo, en general, de varios diputados. Esto último se plasmó en la reunión plenaria de las comisiones de Legislación Penal y Justicia, en la que se aprobó mediante un acuerdo general el proyecto, y con varios puntos en los que los diputados esperan sean resueltos al momento de ser tratado en el recinto.

El dictamen elaborado sostiene: “Los bienes utilizados, procedentes o adquiridos mediante la comisión de algunos de los delitos previstos en el título XI del Libro Segundo de este Código, serán decomisados de modo definitivo, sin necesidad de condena penal, cuando se hubiere podido comprobar el origen ilícito de los mismos, o del hecho material al que estuvieren vinculados, cuando el imputado hubiere reconocido la procedencia o uso ilícito de los mismos”.

En aquella reunión plenaria de las comisiones, se presentaron alguna de las disidencias al respecto. Por ejemplo, el diputado Gil Lavedra (UCR) explicaba que su redacción es “muy amplia” y propuso adecuarla a lo que dice la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Aunque ya en una posición contrastante se encontraba Raúl Barrandeguy (FpV) quien sostuvo: “El decomiso es una pena material, y la legislación impide que se aplique una sanción sin juicio previo”.

Sin embargo, en líneas generales el dictamen girado incorpora un aumento de penas para todos los delitos de corrupción como así también un agravamiento cuando se viera afectado un servicio público o algún plan social de educación o salud. Como novedad se incorpora la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Lo que permitiría acelerar los procesos en aquellos casos en que hubiese empresas involucradas.

Así se reprimiría con 2 a 8 años de prisión e inhabilitación especial hasta diez años para ejercer la función pública, “el funcionario público que por sí o por persona interpuesta, solicitare, recibiere o aceptare, dinero o cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios”. Elevándose a 12 años si este hiciera “valer indebidamente una influencia ante un magistrado del Poder Judicial o del Ministerio Público, con el fin de obtener la emisión, dictado, demora u omisión de un dictamen, resolución o fallo en asuntos sometidos a su competencia”.

Las penas para los magistrados o integrantes del Ministerio Público que incurran en iguales delitos serían de cuatro a 12 años e “inhabilitación especial perpetua para ejercer la función pública”. “La pena será de cinco a quince años e inhabilitación especial perpetua, cuando se tratare de causas penales y en perjuicio del imputado”, concluye.

Un punto interesante que incorporaría la sanción de este proyecto es los que se denomina “colaborador eficaz”. La iniciatipla plantea expresamente una reducción al 50% de la pena o aplicando la correspondiente a tentativa “al imputado que, antes del dictado de la sentencia definitiva, colabore eficazmente con la investigación”.

“Para obtener el beneficio se deberá brindar información esencial para evitar la consumación o continuación del delito o la perpetración de otro, o que ayude a esclarecer el hecho objeto de investigación u otros conexos, o suministre datos de manifiesta utilidad para acreditar la intervención de otras personas o la recuperación de bienes, siempre que el delito en que se encuentre involucrado el beneficiario sea igual o más leve que aquél respecto del cual hubiere brindado o aportado su colaboración y hubiere reparado los daños ocasionados por su conducta”, aclara el texto del proyecto.

Angel Bruno, coordinador de la Comision de Seguimiento de la Convencion Interamericana Contra la Corrupcion, dijo al respecto: "Particularmente importante es la tipificación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, ya que muchas sociedades se crean al sólo efecto de ser pantallas de actos de corrupción. Si tales sociedades pudieran ser sancionadas con multas y hasta con pérdida de su personería, dejarían de ser funcionales al objetivo ilícito de su creación. Esta es una medida solicitada por la Convenciones Interamericana y de las Naciones Unidas contra la Corrupción, de las cuales es firmante nuestro país, y por otras organizaciones y acuerdos internacionales, como la OCDE, y sería excelente que Argentina diera otro paso más hacia la completa implementación de esas Convenciones en nuestro país.".

Al igual que Bruno, el Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE) también ve con buenos ojos la aprobación del proyecto. Tal y como lo consignaron mediante un comunicado: “El proyecto cambia de eje radicalmente poniendo la vista en los más poderosos y dando más y mejores herramientas a los funcionarios judiciales en pos de castigar estos delitos y recuperar los bienes robados al Estado”.

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