02 de May de 2024
Edición 6957 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/05/2024

Ordenan seguir investigando la muerte de un camarógrafo en Irak

El Tribunal Supremo de España le ordenó a la Audiencia Nacional reabrir la causa que investiga la muerte de José Couso. La Corte española consideró que es “penalmente imputable” el bombardeo estadounidense sobre el hotel Palestina, en 2003, que causó la muerte del periodista.

 

El Tribunal Supremo (TS) de España consideró que es “penalmente imputable” un bombardeo estadounidense en Irak que causó la muerte del camarógrafo de televisión español José Couso. El hecho ocurrió en 2003.

El Supremo cree que la estrategia bélica denominada "de impacto y pavor", consistente en actos como el bombardeo sobre personas y bienes protegidos en conflicto armado, como el que provocó la muerte de Couso, es penalmente imputable a quien dirija esas operaciones.

"La responsabilidad penal es puramente personal, si bien no puede surgir del mero apoyo político o logístico de acciones bélicas", añade el Supremo en la sentencia por la que le ordena a la Audiencia Nacional que reabra la investigación.

La resolución hace lugar a un recurso de la familia del camarógrafo contra la decisión de la Audiencia Nacional que se inclinó por el archivo de las actuaciones.

El Alto Tribunal acuerda que se practiquen las diligencias de instrucción pendientes "y las demás que resultaren procedentes para el esclarecimiento de los hechos investigados".

Según explica, el auto objeto de recurso "anticipa una sentencia absolutoria cuando no se han agotado las diligencias de instrucción" y cuando indiciariamente los hechos son constitutivos de delito y vulneran las normas internacionales.

La sentencia anula el sobreseimiento decretado por la Audiencia Nacional tras revocar el procesamiento del sargento Thomas Gibson, el capitán Philip Wolford y el teniente coronel Philip Camp, acusados de provocar la muerte de Couso al disparar contra el Hotel Palestina de Bagdad en el que se encontraba alojada la prensa internacional.

La resolución apunta que los hechos podrían enmarcarse en los artículos 611, 608 y 617 del Código Penal local, que prevén condenas por ataques indiscriminados o excesivos a la población civil en contextos de conflicto armado, así como en determinadas normas del Derecho Internacional Humanitario como, por ejemplo, el Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales, entre las que se cita a los periodistas.

Couso, camarógrafo de la cadena privada de televisión Telecinco, murió el 8 de abril de 2003 en el hotel Palestina de Bagdad, alcanzado por disparos de un tanque de Estados Unidos.

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dju
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