10 de Octubre de 2024
Edición 7068 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 14/10/2024

Testamentos, concursos y quiebras y niños

La Comisión de Justicia de Diputados aprobó tres proyectos importantes. El primero obligaría a los jueces en los procesos de sucesiones y de tutela y curatela a revisar en el Registro de Escribanos si existe alguna última voluntad del causante. El segundo permite al juez, en la situación de concurso, dictar la inhibición general de los bienes del deudor. Y el último incluiría dentro de la ley de Protección Integral a los Niños el derecho a los alimentos. TEXTO COMPLETO

 
La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó este martes tres proyectos y dejó para discutir en la próxima reunión un cuarto ante la disidencia de una de las diputadas. Al primero que le dieron el visto bueno fue al del Ejecutivo ingresado en el 2007. Esa iniciativa prevé una reforma para el artículo 689 y 776 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

La idea principal del cambio es que por un lado, en los casos de proceso sucesorio “el juez deberá requerir informe acerca de la existencia de testamento u otra disposición de última voluntad del causante al Registro de Actos de última Voluntad del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires”.

Por el otro, en los procedimientos de nombramiento de curador o tutor, se deberá realizar el trámite antedicho al inicio de las actuaciones “a fin de determinar si quienes ejercieron la patria potestad del menor le nombraron tutor”.

El presidente de la Comisión, Luis Cigogna informó al respecto que “en distintas provincias ya esta instrumentado este cambio, y al menos en la de Buenos Aires es realmente una norma más que razonable, necesaria, de absoluta utilidad y complementa el carácter específico del testamento pasado por instrumento público que a diferencia del ológrafo no público puede quedar olvidado y no enterarse quien debe enterarse de la existencia del mismo”.

“La inclusión del testamento sobre el protocolo del escribano no le da suficiente publicidad y se complementa ese requisito con al registración en el Registro de los Colegios de Escribanos y con la consulta que acá se propone”, agregó.

El segundo proyecto que se aprobó tras la ponencia de las diferentes posiciones de algunos diputados fue el elaborado por la diputada María Araceli Carmona en relación a las medidas de seguridad que debe colocar el juez con respecto a los bienes del deudor en le marco de la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras.

La idea es agregar un segundo párrafo al artículo 13 de la citada norma de modo tal que al recibir la presentación del deudor, el juez pueda llevar a cabo “incluso el embargo de todos o parte de sus bienes y la inhibición general del deudor para disponer y gravar bienes registrables, y en su caso, los de los socios ilimitadamente responsables, debiendo ser anotadas en los registros pertinentes”.

La diputada de la Coalición Cívica Marcela Rodríguez al principio de la discusión no estaba del todo convencida de la iniciativa porque temía que al aplicar la nueva norma “se dejara la peticionante en una situación de no poder hacer nada con su patrimonio durante mucho tiempo” teniendo en cuenta que “quizás podía haber hecho algo que beneficiara a los deudores”.

A lo que Carmona respondió que esta medida “no es obligatoria para el juez, sino que es una herramienta” y agregó que “de lo contrario si se tuviera que esperar que salga la resolución de apertura del concurso y que se decrete la inhibición de bienes, mientras tanto el deudor podría hacer cualquier tipo de cuestión sobre sus bienes, algo que es muy común que en el paso de la quiebra lo hagan”.

En refuerzo del argumento de la autora de la iniciativa, Cigogna dijo que “le parecía bien que se le de un marco de discrecionalidad al juez porque él es el que está en contacto directo con la situación del moroso y conoce puede apreciar el grado de riesgo que sufre”.

Además contestó a la cuestión planteada por Rodríguez al explicar que “incluso ante el caso concreto de una medida cautelar cualquiera que dispusiera, el deudor esta en la posición además de ir a explicarle al magistrado que desea realizar un acto para resolver la situación del concurso, porque es sabido que quien se presenta al concurso esta en una situación grave de insolvencia patrimonial”.

En la misma jornada se aprobó el proyecto de la diputada Alicia Comell que propone incluir en la Ley 26.061 De protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes el artículo 14 bis el cual establece estos sujetos “tienen derecho a alimentos suficientes en cantidad, variedad y calidad y, en su caso, a procurarlos mediante un proceso judicial específico de trámite urgente y prioritario”. Esta iniciativa fue ingresada en la Cámara Baja en el 2006 y obtuvo dictamen de esta comisión en reiteradas ocasiones.

La única propuesta que no se aprobó fue aquella que le permite a las asociaciones civiles con personería jurídica y que tengan cinco años de existencia constituir un único inmueble como bien de utilidad social para que no pueda ser enajenado, gravado, embargado, ni ejecutado por deudas posteriores a su inscripción registral como tal, ni aún en caso de concurso o quiebra.

La diputada Paula Bertol se opuso al proyecto porque sostuvo que muchas organizaciones “vienen a pedir de todo porque no las pueden sostener y porque necesitan hacerlo de otra manera” por lo que afirmó que “esta medida puede ser mal usada” en la práctica como por ejemplo para “blanquear algunas cuestiones”. Esta iniciativa quedaría para discutir en la próxima reunión de comisión.



dju / dju

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