Dos padres españoles podrían ser condenados penalmente por no llevar a su hija al colegio. Un fiscal pidió para ellos una pena de cuatro meses de cárcel por el delito de abandono de menores al entender que la ausencia de su hija al colegio fue injustificada. En los últimos dos años, la menor tuvo 277 inasistencias.
Para el jefe fiscal de la localidad de Córdoba, José Antonio Martín Caro, los padres de la chica tuvieron una actitud pasiva y despreocupada. Al pedir la pena, el representante del Ministerio Público resaltó que antes de la instancia judicial se intentaron otras vías para resolver la situación mediante la intervención del colegio y los servicios sociales pero “resultaron infructuosas”.
El diario español 20 minutos informó que el fiscal sostuvo que en el ciclo lectivo 2003-2004, cuando la chica tenía 13 años, faltó injustificadamente a clases en 113 oportunidades; durante el 2004-2005 no concurrió 164 días; y en el 2005-2006 directamente no fue inscripta a pesar que estar en edad de educación obligatoria. En España los ciclos escolares son de junio a junio de cada año.
Para el fiscal los padres violaron el artículo 226 del Código penal e incurrieron en abandono de menores vinculado a la obligación de educar y dar una formación integral.
Un hecho similar ocurrió meses atrás en la misma ciudad cuando una pareja fue acusada de no llevar al colegio a sus cuatro hijos. En esa oportunidad el fiscal había dicho que el objetivo del Ministerio Público “es perseguir a los padres que no cumplen sus funciones, que legalmente, son más que proporcionarles una alimentación” a sus hijos.
El fiscal explicó que la denuncia judicial es la última instancia a la que se recurre. Antes intervienen el colegio mismo, luego los equipos de orientación educativa y por último la comisión provincial de absentismo y la fiscalía de menores.
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