17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Lo sancionaron pero no lo atosigaron

Se trata del mendocino Héctor Acosta a quien el Consejo de la Magistratura le advirtió por el reitero (sic) incumplimiento de normas procesales y reglamentarias. Pero el organismo sostuvo que ha de ponderarse como atenuante de la responsabilidad del magistrado los severos problemas de infraestructura (tanto en materia de personal como de adecuado equipamiento) que ha venido sufriendo el Juzgado Federal de San Rafael. TEXTO COMPLETO

 
El juez federal de primera instancia de Mendoza, Héctor Acosta, fue sancionado con una advertencia por el “reitero (sic) incumplimiento de normas procesales y reglamentarias” pero el Consejo de la Magistratura de la Nación atenuó la sanción por las deficiencias estructurales y de personal con las que se trabaja el juzgado.

“Ha de ponderarse como atenuante de la responsabilidad del magistrado los severos problemas de infraestructura (tanto en materia de personal como de adecuado equipamiento) que ha venido sufriendo el Juzgado Federal de San Rafael”, dice la resolución que el Consejo aprobó en su último plenario del jueves de la semana pasada.

Acosta, quien investiga a la ex presidente María Estela Martínez de Perón por la desaparición de dos personas durante su gobierno, fue denunciado ante el Consejo por la Cámara Federal de Mendoza que le remitió una serie de causas donde el magistrado había sido apartado y sus actuaciones anuladas por vicios de procedimiento, morosidad, etc.

Por esas observaciones el Consejo ordenó una auditoria en la sala penal y civil del juzgado federal. Las inspecciones arrojaron como resultado el incumplimiento de los artículos, 490, 492 y 494 del Código de Procedimiento Penal en 11 causas; además de ocho expedientes traspapelados.

Si bien las denuncias fueron rechazadas por el Consejo para abrir un proceso de juicio político contra el juez, el organismo entendió que podían existir motivos para aplicarle una sanción y la causa pasó a la Comisión de Disciplina del organismo.

“De la abundante prueba producida durante el trámite de las presentes actuaciones, surge que las demoras que le son atribuidas al magistrado han ocurrido efectivamente y que ello ha sido incluso reconocido por el magistrado, con la explicación de tratarse de un involuntario error acaecido en el marco de la particular situación en que se desarrollo la actividad del juzgado a su cargo”.

El magistrado sostuvo que su juzgado tiene una amplia competencia (civil, laboral, contencioso administrativo, comercial, tributaria, penal y trámites de ciudadanía), no está informatizado, no tiene el personal suficiente (trabaja con la misma cantidad de empleados desde el 2000 y dos secretarios penales sufrieron problemas personales, uno falleció y el otro tuvo “un injusto procesamiento que lo afectó anímicamente), dos secretarías creadas por ley por el Congreso en el 2000 no fueron puestas en funcionamiento por problemas presupuestarios.

A eso agregó el juez que desde 1998 se dictaron en las tres secretarías 19.396 resoluciones, se libraron 45.000 oficios y se diligenciaron más de 62.000 cédulas.

El Consejo tuvo en cuenta esa situación para cambiar la sanción de una multa del 10 por ciento de su sueldo a una advertencia pero sostuvo que “tales excusas en modo alguno logran conmover la real trascendencia que el incumplimiento de sus deberes conllevo a la correcta administración de justicia”.

La advertencia fue aprobada por los consejeros Carlos Kunkel, Miguel Angel Gálvez, Luis María Cabral, Nicolás Fernández, Pablo Mosca, Federico Storani, Mariano Candioti, Diana Conti, Ernesto Sanz, Santiago Montaña, Luis María Bunge Campos, y María Laura Leguizamón.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486