30 de Abril de 2024
Edición 6956 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/05/2024

Así cualquiera hace negocios

La Cámara del Crimen procesó al dueño de una agencia de automotores y a dos de sus empleados por el delito de defraudación. Los imputados están acusados de vender varios autos, propiedad de la querellante, y de modificar los montos reales de las operaciones para perjudicarla. La maniobra se completaba cambiando datos de los vehículos comprados. Un testigo afirmó que el dueño le pagaba a los empleados para lograr su silencio. FALLO COMPLETO

 
Lo resolvió la Sala V de la Cámara del Crimen, integrada por los jueces Rodolfo Pociello Argerich, Mario Filozof y María Laura Garrigós de Rébori, en los autos caratulados “Peral, Omar Vicente y otros s/defraudación” a raíz del recurso de apelación interpuesto por la defensa de los tres imputados contra la resolución que los procesó por el delito de defraudación.

Omar Vicente Peral, dueño de la agencia de automotores, y sus empleados, Stella Maris Mazzocchi y Rubén Rivas, están acusados de haber perjudicado los intereses patrimoniales de Graciela Mirta Jiménez, mediante la confección de boletos de compraventa en los que figuraba una suma de dinero menor por la que se habían enajenado los autos, propiedad de la querellante, y de haber insertado datos falsos de los compradores.

Antes de emitir una opinión, el tribunal destacó en el fallo que “la documentación aportada por la querella y la secuestrada en la agencia de automotores -la que resultaba ser copia de la entregada a los compradores-, señalaron que difería en monto y datos personales, y la firma no les pertenecía”. El peritaje caligráfico, de hecho, determinó que dichas firmas no pertenecían al puño y letra de los respectivos compradores y que las grafías de los textos cuestionados, como la firma del vendedor, pertenecen al dueño de la agencia.

Según explica el fallo, el modus operandi de Peral consistía, en algunos casos, en vender los vehículos y entregarle a Giménez un monto inferior al que correspondía. Para que no sospechara, el imputado le entregaba recibos apócrifos, mas allá de los datos incorrectos de los adquirentes (en la mayoría de los casos cambiaba un número del documento y del teléfono y agregaba un dígito en la dirección).

En otros casos, al recibir las unidades vehiculares en parte de pago, confeccionaba un recibo de pago por un monto superior respecto de la verdadera valuación, y al realizar la posterior reventa, le hacía entrega a la damnificada de la diferencia existente entre el valor de la venta y el que figurara en el recibo falso.

Los jueces entendieron, además, que para realizar esas maniobras Peral “necesito de la colaboración de Rivas y Mazzocchi”. “En este sentido, resulta elocuente el testimonio de Edgardo Fabián Torres, quien manifestó que Peral abonaba a aquellos una suma ($100 y 50, respectivamente) por cada transacción en la que defraudaran a la querellante a efectos de lograr su silencio y así allanar el camino para proseguir desarrollando sus maniobras ilícitas”, asegura el fallo.

El mismo testigo aseguró que había presenciado cuando Rivas completaba los recibos de venta y resaltó que en algunas ocasiones los firmaba con la mano derecha y en otras con la izquierda a fin de evitar que Giménez observara siempre la misma firma.

Además, dijo que Rivas era el encargado, en algunas ocasiones, de comunicarle a la querellante, el valor por el cual se formalizaría la transacción; mientras que Mazzocchi, era la persona designada para entregarle a la denunciante los recibos falsos.

“De lo expuesto se colige que tanto Rivas como Mazzocchi tenían pleno conocimiento de las maniobras defraudatorias que estaban llevándose a cabo, habiendo sido determinados en su accionar, por un beneficio económico”, dijeron los jueces tras confirmar la resolución del magistrado interviniente.

dju / dju
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