10 de May de 2024
Edición 6963 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 13/05/2024

Mala praxis: reducen una indemnización por culpa del paciente

La Justicia española condenó al Instituto Catalán de la Salud a pagar una indemnización de 160 mil euros a un paciente que quedó en coma después de someterse a radioterapia para tratar un tumor cerebral que debía extirparse mediante cirugía. Sin embargo, el tribunal redujo el monto de la condena por entender que el actor retrasó la operación.

 
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) condenó a la Conselleria de Salud y al Instituto Catalán de la Salud (ICS) a indemnizar con 160.927 euros a un paciente que quedó en coma después de que se le sometiera erróneamente a radioterapia para tratar un tumor cerebral que debía extirparse mediante cirugía. El tribunal catalán, no obstante, le redujo el monto de la indemnización por entender que él también fue responsable de los daños derivados del tratamiento con radioterapia porque retrasó la intervención quirúrgica para la extirpación del tumor.

El caso se remonta a 1988, cuando al paciente JMP se le diagnosticó un tumor cerebral benigno del que fue operado en dos ocasiones ese mismo año. Luego, en 1994 los médicos le dijeron que debía operarse nuevamente.

Una año y medio después, pese a que, según los peritos, el historial médico indicaba que el mejor tratamiento era la intervención quirúrgica, el médico encargado del caso optó por aplicarle radioterapia de forma urgente, alegando que la operación era arriesgada por la zona en la que estaba alojado el tumor. No obstante, el 4 de octubre de 1995, JMP entró en coma por hipertensión endocraneal debido al tratamiento por radioterapia.

Poco tiempo después, el paciente fue trasladado a otro centro médico donde fue intervenido exitosamente: los médicos le extirparon totalmente el tumor con éxito.

El Tribunal, en el fallo, reconoce en la sentencia que la intervención debía considerarse de riesgo debido a la expansión intracraneal del tumor, pero entiende que la operación “era más efectiva que la radioterapia”, un tratamiento "conservador" cuyo fracaso "hacía previsibles graves lesiones e incluso el fallecimiento".



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486