03 de May de 2024
Edición 6958 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/05/2024

España: debate judicial por los matrimonios homosexuales

La Justicia resolverá los casos en los que uno de los contrayentes sea extranjero y en su país esos matrimonios no estén permitidos. Sin embargo, hoy se casaron una española y una argentina. El juez dijo que “ante la opción de autorizar un matrimonio que eventualmente sea declarado nulo o de coartar el “ius connubii”, ha de elegirse la primera alternativa”.

 
El debate por las recientes reformas al Código Civil Español que legalizaron los matrimonios entre personas del mismo sexo ha llegado a la Justicia. Los tribunales deberán sentar un criterio cuando una de las partes de la pareja sea extranjera y en su país los matrimonios homosexuales no estén permitidos.

Una juez del Registro Civil de Barcelona, elevó una consulta a la Dirección General de Registros y del Notariado (DGRN) para que se pronuncie sobre los matrimonios entre personas del mismo sexo cuando uno de los dos es español y otro extranjero y en su país de origen no se permite este tipo de unión.

Ya hubo un caso donde el juez se negó a casar a un español y a un hindú. Sucedió a pocos días que el Congreso español legalizara los matrimonios homosexuales. El juez le exigió al extranjero presentar un informe del consulado de su país para conocer si en India están permitidos estos matrimonios.

Contrariamente, hoy se casaron en Mollet del Vallés, Barcelona, una española con una argentina, conformando el primer casamiento entre mujeres en España. El juez titular del registro civil que casó a las mujeres dijo que “ante la opción de autorizar un matrimonio que eventualmente sea declarado nulo o de coartar el “ius connubii”, este Centro Directivo ha de elegir la primera alternativa”.

Sobre las nuevas leyes que permiten los matrimonios homosexuales el magistrado agregó que “no existe al menos por ahora, en tanto que se elabore una doctrina pacífica del DGRN, la certeza racional y absoluta de obstáculos legales”. Sin embargo, sí tuvo en cuenta que la ley argentina no autoriza los matrimonios entre personas del mismo sexo “por lo que probablemente se rechazaría la inscripción del matrimonio en su registro civil”, en relación a nuestro país. En nuestro país no existe una ley nacional que habilite este tipo de casamientos pero en la ciudad de Buenos Aires podemos encontrar las uniones civiles entre personas del mismo sexo por las cuales se reconocen varios de los mismos derechos que gozan quienes están casados.

Los matrimonios entre personas del mismo sexo fueron legalizados en España el 30 de junio cuando el Congreso modificó 16 artículos del Código Civil.

Los principales cambios fueron: sustituir las palabras "marido" y "mujer" por "cónyuges" y "padre" y "madre" por "progenitores". También se amplió el artículo 44. "El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo", dice la modificación. Esto significa, entre otras cosas, el derecho de adoptar niños. Uno de los puntos de mayor discusión.

Además, el pasado 22 de julio Canadá se convirtió en el cuarto país del mundo en legalizar los matrimonios homosexuales, siguiendo a Holanda, Bélgica y España en la búsqueda por la igualdad de derechos de las personas.



dju / dju
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