I.- De
la libertad de expresión al derecho humano a la comunicación.
II.- Los
instrumentos internacionales de Derechos Humanos.
III.- Importancia de los Derechos Humanos en los
países del MERCOSUR.
IV.- El
sistema de protección interamericano.
V.- Resoluciones de la Corte y de la Comisión
relacionadas con el Derecho Humano
a la Comunicación.
VI.- Algunas definiciones del sistema de protección de Derechos Humanos
Los pases integrantes del MERCOSUR intentan acordar pautas de comportamiento comunes en distintas reas.
En el campo de la comunicacin existen grandes diferencias entre las normas internas de cada pas que regulan la libertad de expresin, el acceso a los medios, el derecho al hecho noticiable, la proteccin a la intimidad o al honor, el derecho de rectificar noticias inexactas, etc.
Sin embargo estos pases tienen en comn su pertenencia al sistema interamericano de proteccin de Derechos Humanos. Todos han adherido a la Declaracin Americana de Derechos y Deberes del Hombre, reconocen la intervencin de la Comisin Interamericana de Derechos Humanos (CIDH , han ratificado la Convencin Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San Jos de Costa Rica) y aceptan la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (el ltimo fue Brasil el 10-12-98). Es decir tiene en comn una misma legislacin (La Declaracin y la Convencin) y los mismos organismos internacionales que analizan la conducta de los Estados (La Comisin Interamericana y la Corte).
Hay pues, una doctrina y una jurisprudencia internacionales, que en el caso concreto de la libertad de pensamiento y expresin deber ser tenida en cuenta al momento de legislar cualquier norma futura comn para los pases del MERCOSUR, con independencia de las nuevas incorporaciones tecnolgicas de comunicacin (libertad de antena, satlites, Internet etc.)
Estos son anlisis de algunas de las intervenciones mas importantes con las definiciones a las que se ha arribado
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