La decisión, sin precedentes en este fuero la tomó el titular del juzgado en lo contencioso administrativo nº 1, Luis Arias, en autos caratulados “Urriolabeitia” s/ Amparo, que se formaron a raíz de la presentación de un recurso de amparo de una maestra de jardín inicial, a fin de que se resolviera una impugnación vinculada a la asignación de destino definitivo.
El magistrado le concedió a la cartera educativa un plazo de cinco días para resolver la cuestión bajo apercibimiento de astreintes, que se establecen prudencialmente en la suma de pesos cincuenta ($ 50) por cada día de demora y que recaerán sobre la persona del funcionario responsable de la tramitación en beneficio de la actora.
En tanto, el juez reclamó de la administración pública a través de fiscalía de estado que se remita documentación correspondiente al caso agregando al respecto que los mismos “se encuentran en poder de la Administración demandada, toda vez que forman parte del expediente administrativo que diera origen a la pretensión del amparo por mora, por lo que mal puede alegarse afectación al derecho constitucional a defensa en juicio, sin incurrir en una clara contradicción e invocación de su propia torpeza”
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