Esa repartición estatal había resuelto hace pocos días ordenar el cese de la oferta de las aguas minerales gaseosas y saborizadas marca Ser, de la empresa Aguas de Danone. Ello fue a raíz de una denuncia presentada por la empresa Coca-Cola, argumentando que aquellas bebidas ilustraban indebidamente sus etiquetas con la imagen de un limón, en atención a que para poder insertar ese gráfico, se exige que la bebida en cuestión contenga un 25% del cítrico, no bastando el 5% que informaba la bebida Ser lima-limón en su envase.
En su resolución, Aguinsky entiende que la cuestión debe analizarse no sólo desde el punto de vista de la supuesta infracción formal, sino de las implicancias que tendría en el mercado el hecho de avalar la medida restrictiva que aplicó Lealtad Comercial a uno de los competidores en el "mercado de refrescos". Para ello tomó en cuenta el descargo que hiciera Aguas de Danone, que acompañó al Tribunal distintas gaseosas de la competencia que tenían la misma ilustración del limón en sus etiquetas y también el 5% o menos, de contenido real del cítrico. Lo curioso del caso es que entre las bebidas cuestionadas estaba la marca Crush lima-limón, fabricada actualmente por Coca-Cola bajo licencia de Schweppes y la nueva Pepsi-Twist, ambas con un claro gráfico de cítricos en sus etiquetas.
Aguinsky destaca que la ley 22.802, reglamentaria del art. 42 de la CN, "tiene como fin cuanto menos mediato la protección del consumidor. Así, su aplicación no debe servir para el beneficio de intereses empresariales ajenos a aquél, o para dirimir problemas de luchas entre los distintos competidores para conquistar el mercado con el ingreso de nuevas bebidas refrescantes justamente en la época del año (verano) en la cual arrecia la demanda de los productos en discusión".
Por eso el juez reconoce que el caso le plantea una disyuntiva entre una cuestión formal (el gráfico del cítrico y el porcentaje exigido para su validación), y una cuestión material, representada por la protección del interés general del público consumidor, tratando de evitar la prematura "expulsión" del mercado de uno de los competidores que utiliza las "mismas reglas" que los jugadores mas representativos del mercado de los refrescos. "Esta tensión entre estos dos núcleos que merecen resguardo jurídico, provocan en este juzgador la necesidad de velar por el interés de mayor preponderancia social", refiriéndose seguramente a que el interés económico general se encuentra mejor protegido cuando todos los competidores observan las mismas reglas, o son sometidos de manera pareja a los mismos controles, más allá de constituirse en denunciante o denunciado. Es de resaltar que el juez tomó en cuenta que Aguas de Danone ofreció cambiar el rótulo del envase sin que hasta el momento la Administración se haya pronunciado.
En la parte resolutiva del fallo, Aguinsky hizo lugar a la medida de no innovar solicitada solicitada y, en consecuencia, suspendió provisoriamente la efectivización de la intervención de mercadería dispuesta y encomendó a la Dirección de Lealtad Comercial la realización de "un relevamiento exhaustivo de la oferta de refrescos que exhiban en su rótulo representaciones gráficas de cítricos, y que en caso de corresponder formulen los sumarios administrativos pertinentes", los que seguramente se sumarán al de la bebida Ser, que seguirá siendo objeto de investigación por parte de Lealtad Comercial.
Es de esperar que cuando la repartición estatal resuelva, lo haga de manera simultánea para no afectar a algunos y favorecer a otros.