El juez ordenó “liberar de la suma retenida en el sistema bancario los fondos que posibiliten” al Colegio de Escribanos provincial dar cumplimiento “a los fines prioritarios” de pagos relacionados con esa profesión y con el funcionamiento de la institución y la Caja de Seguridad Social.
El magistrado tuvo en cuenta, en los fundamentos de su resolución, que la realización de determinados pagos para esos profesionales constituyen “una obligación legal, cuya violación los llevaría a incurrir en sanciones disciplinarias y penales, además de la responsabilidad en la demora en efectuar depósitos”, por caso, derivadas de escrituración por compra y venta de inmuebles.
En diálogo con Diariojudicial.com, el vicepresidente del Colegio bonaerense de Escribanos, Francisco Rocca señaló que el fallo “fundamentalmente libera los fondos del Colegio y la Caja de Seguridad Social de Escribanos de la provincia de Buenos Aires para que podamos pagar gastos corrientes y sueldos de personal, además de las jubilaciones”
Rocca añadió que “en cuanto a los escribanos, la resolución nos autoriza a que podamos retirar dinero de las cajas o cuentas que tengamos abiertas a nuestro nombre pero exclusivamente para pagos de impuestos y tasas y contribuciones que por otra parte teníamos retenidos a nuestros requirentes y que no teníamos disponibilidad”
El dirigente del citado colegio recordó que “el colegio recauda el aporte jubilatorio que hacemos todos los escribanos con cada escritura para la Caja de Previsión y además tenemos convenios con organismos como el Registro de la Propiedad, Escribanía de Gobierno y Catastro por el cual se maneja el ingreso de las máquinas timbradoras y ahora con este fallo podremos disponer de todos esos fondos”.
Rocca explicó que la resolución judicial “también tiene su importancia desde el momento que nos reconoce legitimación activa al colegio y eso nos provoca mucha satisfacción” agregando que “habíamos hecho la presentación el lunes y ayer se conoció el fallo”.
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