El máximo Tribunal de la provincia de Buenos Aires rechazó de este modo la impugnación que la entidad profesional había presentado contra el decreto 1594/96 que autorizaba al municipio a percibir una tasa de seguridad e higiene en relación con la inspección de los laboratorios de análisis clínicos, y que el único organismo con facultades sería la Provincia a través del ministerio de Salud.
El ministro Elias Laborde consideró que “el Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Buenos Aires ha carecido de legitimación para promover la presente demanda” en lo que hace a la representación de cada bioquímico matriculado.
Mediante el voto de Laborde se señaló que las atribuciones de defensa y representación de los colegiados “deben ser referidas a la consecusión del objeto y finalidades propias de la asociación profesional, pero en forma alguna implican la posibilidad de una representación “omnicomprensiva” de los colegiados que permitan sustituirlos en el ejercicio de sus derechos y obligaciones como ciudadanos y contribuyentes”.
“Concluyo por consecuencia de lo dicho por el Colegio de Bioquímicos de la Provincia carece de aptitud –legitimación- para ser “parte interesada” para obtener el “reconocimiento de derechos” de carácter administrativo”, sostuvo el magistrado.
En tanto y con respecto a la cuestión de fondo, el Tribunal habilitó a la comuna para su función de habilitación de laboratorios al señalarse que “existe en el caso una gestión municipal concurrente” y que “la habilitación constituye el acto de la administración policial mediante el cual se reconoce el cumplimiento de las condiciones impuestas por la reglamentación en razón del interés o la necesidad colectiva”.
El voto de Laborde contó con el apoyo total del ministro Héctor Negri y parcial de los ministros Eduardo De Lázzari, Juan Carlos Hitters y Eduardo Pettigiani, quienes no coincidieron con el no reconocimiento de la legitimación activa del Colegio profesional citado.
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