13 de May de 2024
Edición 6964 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 14/05/2024

La Cámara falló a favor del aumento del IVA a la TV por cable

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la suba del IVA en los eventos deportivos, artísticos y la televisión, dejando firme la sentencia de primera instancia dictada por la juez Sarmiento.

 
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el decreto presidencial por el cual se incrementó el Impuesto del Valor Agregado (IVA) del 13 al 21 por ciento en los eventos deportivos, artísticos y la televisión por cable tras rechazar un recurso de apelación.

Los jueces de la sala V Pablo Gallegos Fedriani, Carlos Manuel Grecco y Luis Cesar Otero declararon "desierto" el recurso interpuesto por Andrés Gil Domínguez por carecer de fundamentos debido a que “la sola sanción de las leyes no supone por si misma lesión de derechos que puedan requerir el amparo del Poder Judicial".

El Tribunal de Alzada dejó firme la sentencia de primera instancia de la juez María José Sarmiento, que no hizo lugar a la medida cautelar que el accionante interpuso a mediados de mayo alegando que el decreto 493/01 del Poder Ejecutivo lesionaba los derechos constitucionales del usuario y consumidor.

La Cámara señaló que “el Dr. Domínguez ha instado vía expedita y rápida de amparo en su calidad de afectado respecto de un derecho de incidencia colectiva en general materializado en su perrogativa de mantener incólume la legalidad constitucional (art. 53 de la Constitución Nacional) y en su condición de usuario y consumidor con especial afección en su quehacer cotidiano (art. 42 de la Carta Magna)”.

Asimismo el Tribunal señaló que con respecto del decisorio ocurrido en cuanto dispuso la ausencia del “caso concreto”, con fundamento en que la sola sanción de las leyes no supone, por sí misma lesión de derechos que puedan requerir el amparo del Poder Judicial, el recurrente debió poner de manifiesto ante esta Alzada los errores de que, a su juicio, adolece la sentencia de primera instancia”.

"El actor no ha concretado la relación existente entre el acto atacado y el riesgo de que se ocasione una lesión" por tanto "su reclamo carece de aptitud suficiente para suscitar el ejercicio de la jurisdicción", concluyeron los jueces.

El último 18 de mayo la juez del fuero contencioso administrativo Sarmiento había rechazado "in limine" la solicitud de amparo que promovió Gil Domínguez como profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.

El accionante pedía que se declarara inconstitucional el artículo primero de la ley 25.414 de delegación del ejercicio de atribuciones legislativas, que permitió al Ejecutivo dictar el decreto 493 por el que se derogó la aplicación de una alícuota del 13 por ciento de IVA a la televisión por cable, lo que hizo que se le aplique la alicuota general del 21 por ciento.

Recordemos que, por su parte, el juez en lo Contencioso Administrativo federal Martín Silva Garretón suspendió el aumento al 21 por ciento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a la televisión por cable al hacer lugar a una medida cautelar presentada la semana pasada por la asociación de defensa de los consumidores ADECUA.

El magistrado tomó la decisión al considerar que esa determinación del Gobierno de llevar el IVA del 13 al 21 por ciento en supuesta aplicación de la delegación de facultades del Legislativo al Ejecutivo, implicaba vulnerar el principio de legalidad tributaria, de raigambre constitucional.

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dju / dju
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