El juez federal Gustavo Literas informó a la Cámara de Diputados la existencia de una causa penal contra el miembro de ese cuerpo y ex ministro de Economía, Domingo Cavallo, para que el Congreso Nacional determine si corresponde que sea sometido a juicio político. En la misma resolución y por "imposibilidad de proceder" debido a los fueros de Cavallo, el magistrado dispuso archivar la querella por calumnias e injurias que el abogado Juan Carlos Iglesias promovió contra el diputado del partido Acción por la República.
El letrado querelló al legislador porque Cavallo lo acusó de pertenecer a una organización mafiosa comandada por el difunto empresario Alfredo Yabrán y contar con la protección del ex ministro del Interior Carlos Corach. El artículo 70 de la Constitución Nacional establece que en caso que un senador o diputado sea querellado, el sumario será examinado en debate público y cada cámara del Congreso, con dos tercios de votos, podrá suspender al acusado y ponerlo a disposición del juez competente.
La ley Procesal Penal de la Nación prevé que, cuando se sigue una causa contra un legislador, no podrá dictarse su procesamiento hasta que se disponga su desafuero. Aunque en las querellas por calumnias e injurias no hay procesamiento del imputado, Literas consideró equivalente a tal pronunciamiento, a la citación a la audiencia de conciliación.
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