El Senado de la Provincia de Buenos Aires, aprobó y giró a diputados las reformas al Código de Ejecución Penal provincial, que regulan las salidas transitorias de los condenados alojados en unidades penitenciarias de ese distrito.
Las modificaciones están contenidas en tres artículos del código, y en ellas se establece que los recluso serán autorizados a gozar de esas salidas por el jefe de la dependencia donde se encuentren alojado, previa anuencia del juez competente, en casos de fallecimiento o enfermedad incurable de un familiar directo o ante necesidad de externación.
Sin embargo, y en consonancia con los reclamos del gobernador provincial y el ministro de Justicia Jorge Casanovas, serán excluidos de ese beneficio todos aquellos detenidos condenados por los delitos de "homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual en sus formas agravadas, violación o torturas seguidas de muerte, homicidio en ocasión de robo, incendio u otros estragos seguidos de muerte.
La norma establece también que los condenados por aquellos delitos tampoco podrán obtener el beneficio de la libertad asistida, prisión discontinua ni salidas a prueba.
Las modificaciones fueron aprobadas por unanimidad, pese a la resistencia de los legisladores aliancistas a la política de mano dura que pretende imprimir a su gestión el gobierno bonaerense.
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