17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Multa por no cumplir con cautelares

La Sala H de la Cámara Civil multó a los buscadores de internet Google Inc. y Yahoo S.R.L. por incumplir una medida cautelar que los obligaba a quitar de sus índices el nombre de la modelo publicitaria Mariana Arias, ya que este se vinculaba con sitios pornográficos.

 

La sala H de la Cámara Civil, con las firmas de Sebastián Picasso, Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper, confirmó una multa a los buscadores de internet Google Inc. y Yahoo S.R.L. por incumplir una medida cautelar que los obligaba a quitar de sus índices el nombre de la modelo publicitaria Mariana Arias.

Se trata de la causa “Arias Maria Ana Gabriela c/Yahoo de Argentina SRL y otro s/ medidas precautorias” donde los buscadores incumplieron con una medida cautelar que las obligaba a quitar de sus índices el nombre de la modelo porque este se vinculaba con sitios pornográficos.

Una de las empresas, Google, presentó una apelación contra la medida porque consideró que Arias acreditó “el incumplimiento en que incurrió el buscador desde el período comprendido entre el 8 de octubre de 2011 hasta el 15 de mayo de 2013”.

Pero los camaristas sostuvieron que los buscadores están “en condiciones técnicas para acreditar en qué fecha y mediante que metodología procedió a dar estricto cumplimiento a la cautelar decretada, mas no lo acreditó”.

“Google Inc. que se negó en forma reiterada a dar estricto cumplimiento con la medida cautelar decretada”, dice la resolución por lo que reivindicó que “la multa generada por el incumplimiento de una orden judicial se traduce en una sanción pecuniaria de naturaleza procesal que tiene su origen en la contumacia del destinatario de la medida de resistir una decisión judicial”.

“Pretender que el monto liquidado por la multa se relacione con el monto otorgado en concepto de daño moral implicaría beneficiar a la recurrente que con su propia conducta puso en evidencia un total desprecio por las decisiones judiciales y por ende motivó la sanción pecuniaria”, explican los jueces.

“La postura que intenta asumir la accionada no se corresponde con su conducta puesta de manifiesto al resistirse a cumplir con la medida cautelar decretada, lo cual resulta contradictorio y contrario a los propios actos llevados a cabo en el transcurso de las actuaciones”, concluyen los magistrados.



dju
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