La Corte de Chile confirmó una sentencia que condenó a una constructora a indemnizar al dueño de un departamento por la mala construcción del inmueble, que sufrió destrozos durante un terremoto en febrero de 2010.
La Corte de Apelaciones de Santiago de Chile, con las firmas de María Soledad Melo y Ana Cienfuegos, además del abogado integrante Jaime Guerrero confirmó una sentencia condenó a una empresa constructora a indemnizar al dueño de un departamento por la mala construcción de una departamento que sufrió destrozos durante un terremoto en febrero de 2010.
El tribunal chileno ratificó una sentencia el Noveno Juzgado Civil de Santiago que condenó a la Constructora Santa Beatriz a pagar al demandante Patricio Vivanco Toro una indemnización por daño emergente y por daño moral.
En primera instancia se estableció la responsabilidad de la empresa por la deficiente construcción del departamento ubicado en el edificio Ciprés del condominio Alto de la Campiña I de Quilicura en Chile.
"Por el contrario la restante prueba rendida y particularmente el informe pericial materia del proceso, apreciado este último, de acuerdo a las reglas de la sana crítica atribuyen ciertos defectos en la construcción del departamento, como la deformación en la losa de hormigón armado”, decia el fallo confirmado por el tribunal.
Que agrega que “ha de consignarse que la principal falla del proceso constructivo e inspección técnica consiste, precisamente en la falta de esta última, esto es un procedimiento de control y supervisión de la correcta ejecución de los trabajos, que quedaban a criterio y responsabilidad de la empresa, de modo que no existen registros fehacientes del uso de los materiales o de que se haya inspeccionado, antes, durante y después de los trabajos, la ejecución de la obra”.
Además, “se encuentra probado que no se respetó el enterramiento de fundaciones, utilizando un mejoramiento que no fue sugerido ni autorizado. Luego, el constructor, al tomar el tipo de suelo más favorable para el diseño en cuanto a estructura y menores costos, no consideró que una de las muestras tomadas al suelo arrojara la presencia de arcillas expansivas, cuyos cambios de volumen podrían haber incidido en los daños de los edificios", sostiene el fallo de primera instancia.
"Existe una falla o defecto en la construcción del departamento del demandante consistente en no haberse respetado por la demandada, en la ejecución de la construcción, las indicaciones de los estudios de ingeniería confeccionados para el condominio, lo que ha ocasionado en el departamento, deformaciones evidentes y que exceden a reparaciones estéticas que puedan efectuársele", concluye la sentencia confirmada.