16 de May de 2024
Edición 6967 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 17/05/2024

Brevatas

Once: asistencia médica para los sobrevivientes | Cinco procesados por la ocupación de un predio en la Villa 31 | Casación imprimió un revés contra Boudou por Ciccone

 

Asistencia para las víctimas de Once

El Tribunal Oral que lleva adelante el juicio por la “tragedia de Once” envió un oficio al ministro de Salud, Juan Manzur, para que “contemple la posibilidad de satisfacer el requerimiento” de asistencia “médica y psicológica” para los sobrevivientes. El oficio fue firmado por el presidente del tribunal, Jorge Tassara, donde el magistrado explica que se envió al ministerio “a los fines que se contemple la posibilidad de satisfacer tal requerimiento, haciéndole saber que se encuentran a su disposición los registros de los testimonios de las víctimas, de los que surge la necesidad de tal asistencia”.

Casanello procesó a cinco imputados por usurpación de un predio en villa 31

El magistrado  cargo del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal n° 7, Sebastián Casanello, resolvió dictar el procesamiento de cinco de los veinte imputados en la causa “N. N. s/ interrupción de las comunicaciones”  en la que se investiga la denuncia por usurpación de las vías de acceso al puerto ubicadas entre las zonas delimitadas en la altura por la Autopista Illia y el paso a nivel Presidente Rafael Castillo", en las que se encontraron asentadas alrededor de quince casillas precarias con sus  ocupantes. El judiciante separó los casos de los invstigados entre los que llegaron al predio una vez que estaba ocupado y lograron hacerse de un espacio para vivir allí , los que alquilaron o compraron el terreno a quienes habían previamente ocupado el predio, los que se encontraban cuidando/viviendo en las viviendas construidas por familiares o amigos,. los que decidieron la ocupación del predio con la finalidad de  alquilar y/o vender parte del terreno a otros y los que habrían participado de la ocupación originaria pero con la finalidad de vivir allí. Luego de ello, consideró que los primeros tres casos no eran pasibles de sanción penal, de manera que las doce personas que se encontraban en esa situación fueron sobreseidas. Pero "para quienes realizaron la ocupación y se asentaron pero con la finalidad de alquilar y/o vender parte del terreno a otros, el temperamento a adoptar es diametralmente opuesto", ya que para el juez "la decisión de ocupar el predio ajeno se realizó no por una situación de extrema vulnerabilidad, sino para lucrar y aprovecharse de la necesidad de otro. De ese modo, estas personas, por medio de la apropiación ilegal, rellenaron el vacío estatal y ofrecieron vivienda a cambio de dinero" y de esa forma fueron procesados por los delitos de usurpación e interrupción de las comunicaciones, tipificados en los artículos. 181 inc.1 y194 del Código Penal.

Boudou seguirá siendo investigado por la ex imprenta Ciccone

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal –integrada por los doctores Gustavo M. Hornos, Mariano Hernán Borinsky y Juan Carlos Gemignani declaró -por mayoría- no hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa Amado de Boudou contra la decisión del tribunal de la instancia anterior que no había hecho lugar al planteo de la defensa. En el voto que lidera el fallo, el juez Hornos destacó que la situación de trascendencia y gravedad institucional -alegada por el fiscal en favor del imputado para avalar el cierre de la causa- es, por el contrario, motivo para culminar la investigación de la manera más completa y siguiendo los procedimientos ordinarios. Recordó que la primera finalidad de la instrucción penal es analizar la existencia de un hecho delictivo y descartó que haya quedado patentizado que el delito no se haya cometido o no hubiera sido ejecutado por el imputado, requisitos para el cierre del proceso por vía de un incidente previo de falta de acción. Mediante una excepción de falta de acción, los abogados del Vicepresidente intentaban desvincularlo de la causa Ciccone, donde se lo investiga por presuntas negociaciones incompatibles con la función pública.



dju
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