21 de May de 2024
Edición 6970 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/05/2024

La Corte permitió la inducción anticipada del parto

La Corte Suprema autorizó, por cinco votos contra tres, a una mujer embarazada a la inducción del parto porque el feto presentaba ancefalia cerebral. Según Moliné O´Connor el fallo reivindica el Derecho a la vida.

 
La Corte Suprema de Justicia autorizó la inducción al parto de una mujer que tiene en su útero un feto con “ancefalia cerebral”. El Alto Tribunal falló este mediodía en un acuerdo extraordinario de urgencia, con cinco votos a favor y tres en contra.

La resolución del Alto Tribunal, sienta jurisprudencia ya que según admitieron los propios ministros “nunca se había presentado un caso así”. Cinco jueces fallaron a favor de la inducción al parto: Eduardo Moliné O´Connor, Carlos Fayt, Guillermo López, Gustavo Bossert y Augusto Belluscio, en tanto tres votaron en contra: Julio Nazareno, Enrique Petracchi y Antonio Boggiano. Adolfo Vázquez estuvo ausente por razones desconocidas, aunque trascendió que el ministro se encontraba en la ciudad balnearia de Punta del Este, Uruguay y que hubiera venido solo en caso de un empate.

El ministro Moliné O´Connor destacó que “el fallo reivindica especialmente la Defensa del Derecho a la Vida desde la concepción del embarazo” y que en este caso “no se trata de un aborto”. “El fallo consagra el Derecho a la vida desde la concepción, tal como lo establece la legislación argentina. Aquí no hay un aborto porque no se interrumpió la gestación sino que se inducirá el parto para que el bebé nazca vivo”, explicó el ministro.

El fallo recomienda además a los facultativos que intervengan en la práctica médica, que procuren por todos los medios al alcance de la ciencia preservar la vida del bebé. “El bebé nacerá; la muerte en el caso que ocurra, sobrevendrá por la patología del pequeño, pero no será una decisión tomada previamente. Autorizamos el parto inducido porque ya van 7 meses de gestación, período suficiente para que el niño pueda nacer y tenga enormes posibilidades de sobrevida en circunstancias normales”, precisó Moliné O´Connor.

Por otra parte, el ministro manifestó que “al momento de adoptar la decisión, la Corte contempló la situación psicológica que atraviesa –y atravesará la mujer- embarazada de 7 meses de un feto con una malformación que impidió el desarrollo cerebral por lo que el Comité de Bioética de la Maternidad donde se atendió la madre pronosticó que no tiene posibilidades de vida extrauterina”.

La abogada que representa a la mujer embarazada Perla Prigoshin, manifestó en declaraciones a los medios de prensa, tras el acuerdo del Alto Tribunal que “esta vez la Justicia no le dio la espalda a la gente” y que “anteriormente había disentido con decisiones del Poder Judicial”, al tiempo que aclaró “yo soy abogada de familia y luché con esperanza por este caso”. La letrada indicó que ésta era “una batalla ganada a favor de la vida” y que en esta causa luchó “desde el dolor”. “El precedente que sienta este caso, es que se pueden hacer cosas por la gente” sostuvo Progoshin al tiempo que afirmó “esta vez la Justicia lo demostró”.

“Pensar en la inducción al parto, es difícil -para su defendida- pero el feto no tiene la masa encefálica desarrollada. Yo voy a estar al lado de ella y de su marido en ese momento”, señaló.

La mujer tenía un embarazo de siete meses pero el diagnóstico del niño por nacer es crítico dado que padece una enfermedad cerebral, “ancefalia” la que reduciría la vida extrauterina del niño.

Los nueve ministros del Alto Tribunal fueron convocados para resolver el expediente luego de que la embarazada lograra que el Tribunal Superior de la Ciudad de Buenos Aires la autorizara a adelantar el parto aunque debió interrumpir el trámite por la apelación presentada por un defensor de incapaces.

La causa comenzó cuando la mujer embarazada se dirigió a la maternidad Sardá, a los pocos meses de haber iniciado la gestación donde le diagnosticaron que el feto que llevaba en su vientre no presentaba su masa encefálica desarrollada normalmente. En esa oportunidad, la mujer solicitó la interrupción del embarazo pero en la maternidad le indicaron que debía conseguir antes una autorización judicial, razón por la cual con el asesoramiento de la abogada Perla Prigoshin, interpuso una acción de amparo solicitando la inducción al parto. La justicia rechazó el recurso en primera y en segunda instancia que finalmente fue avalado por el Tribunal Superior que luego de analizar el dictamen del Comité de Bioética del Hospital concluyó la viabilidad de la interrupción del embarazo, ya que el niño tiene “poco margen de vida posible”, lo que implica que fallecerá a las pocas horas de nacer.

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dju / dju
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