10 de Octubre de 2024
Edición 7068 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 14/10/2024

La desaparición forzada de personas se convirtió en ley

La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que incorpora ese delito al Código Penal. Igual hubo un fuerte debate sobre el valor jurídico de los Derechos Humanos. Media sanción para la prescripción de delitos sexuales y el control de trabajadores sobre empresas en crisis.

 

La iniciativa, que tenía media sanción del Senado desde el año pasado, crea un nuevo tipo penal: la privación de libertad de una persona cometida por un funcionario público o una persona que actúe con autorización, apoyo o aquiescencia del Estado, informó la agencia Télam.

La iniciativa fue aprobada 157 votos afirmativos y 1 abstención, en un rápido trámite parlamentario. El titular de la Comisión de Legislación Penal, Carlos Vega (Coalición Cívica), recordó que "Estatuto de Roma la ha definido como un crimen de lesa humanidad, y cuyas acciones son imprescriptibles". Para el legislador, esta norma "tiene un enorme valor simbólico y social".

Por su lado, el diputado Remo Carlotto (Frente para la Victoria) consideró que "es importante marcar que este proyecto viene dar respuesta a compromisos internacional firmados por la Argentina", aunque advirtió que "no coincide con la definición de los Derechos humanos desde el punto de vista jurídico" que realizó Vega.

La titular de Abuelos de plaza de Mayo dio su propio punto de vista al ser aprobada la ley. "Para mí son netamente políticos, desde mi punto de vista no son un plexo normativo sino producto de la lucha de los pueblos".

En tanto, la Cámara baja dio media sanción al proyecto de ley que establece que el tiempo para determinar la prescripción de los delitos sexuales contra menores comienza a regir a partir del día en que la víctima cumple la mayoría de edad. El proyecto fue aprobado por 163 votos por la totalidad de los bloques y, luego, fue girado al Senado.

La iniciativa busca dar a las víctimas la posibilidad de que puedan ejercer su derecho de denunciar, sobre todo en caso de que el menor fuere abusado por algún adulto de su entorno familiar. La propuesta implica que los plazos para la prescripción del delito empiece a regir cuando el joven cumple los 18 años de edad.

Asimismo, la Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado el proyecto de modificación de la ley de quiebras, por la que se habilita la prioridad a los trabajadores para acceder al control de las empresas en crisis.



dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486