INTRODUCCION
La actividad agropecuaria consiste en una prctica comercial realizada por productores dueos de tierras frtiles existentes a lo largo y a lo ancho de todo el territorio nacional. Esta actividad econmica consta desde la plantacin de cereales, de soja, hasta la cra de vacas con el objetivo de comercializar su carne.
Por lo
tanto, el conflicto que surgi en torno a este tema fue, precisamente, la
manifestacin expresa de controversias histricas que tuvo siempre
CONCEPTOS BASICOS
Antes de comenzar con el abordaje profundo de cada uno de los interrogantes anteriormente enumerados, me gustara puntualizar algunos temas que son fundamentales para la mejor comprensin de los mismos.
El primero de los conceptos a tratar es el de las retenciones.
Este ltimo, siguiendo los dichos del
Dr. Manuel Osorio
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[1]
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, se podra definir como una suma que quien realiza
el pago conserva en su poder, por exigencia de las normas impositivas, a fin
de entregarla a la entidad recaudadora correspondiente en pago de impuestos
debidos por cada persona a la cual se le efectu la retencin de esa suma.
Asimismo, si tomamos la definicin que nos da
El segundo de los tpicos a tener en cuenta es el significado de las polticas econmicas como una de las cuestiones casi centrales del asunto. Siguiendo tambin al Dr. Osorio, quien muy inteligentemente las ha definido en su obra Diccionario de ciencias jurdicas, polticas y sociales que escribi en el ao 2004 como un sistema de normas o medidas tendientes a incrementar la riqueza nacional y a activar su sistema de produccin, para contribuir as al bienestar general.El tercer concepto a definir en este acpite es el que hace referencia al conflicto social como tal que hace a uno de los ejes centrales de este trabajo. Para abordarlo de la mejor manera posible, me estar a los dichos de Rosala Martnez <![if !supportFootnotes]> [3] <![endif]> , quien en su obra Estructura social y estratificacin lo analiza desde una ptica sociolgica. Al hacer referencia a la estructura social, la misma autora la defini como complejo de los principales grupos e instituciones que integran la sociedad, por lo tanto, el estudio de las estructuras sociales recoge una doble perspectiva: por un lado, el conjunto de pautas de comportamiento institucionalizadas; y por el otro, el conjunto de grupos en cuyo seno se realizan las instituciones.
Todos los grupos humanos poseen estructura de modo que cada miembro del grupo ocupa una posicin (status) determinada, a la que se le asocian un conjunto de papeles (roles), es decir, pautas de comportamiento recurrentes y estables que pretenden responder a las expectativas asociadas a cada status.
La cooperacin entre los individuos y los grupos se encauza a travs de los roles, que son las unidades bsicas mnimas en una institucin social.
El funcionamiento de toda sociedad exige un grado mnimo de organizacin, que slo es posible si existen un conjunto de instituciones que componen la estructura social, encargadas de regular las relaciones entre las personas y encaminarlas a cumplir funciones bsicas.
Actualmente, la sociedad argentina podra decirse que se encuentra estratificada, lo que significa que la presencia de roturas o discontinuidades significativas en la distribucin de uno o varios de sus atributos; como resultado de las cuales se forman colectividades o grupos, que reciben el nombre de estratos. Interesan las relaciones entre los estratos entre si tanto como la interrelacin entre el sistema formado por los estratos y las instituciones.
En toda sociedad existen grupos de individuos que disfrutan de una posicin diferente, preferente, de maximizacin de sus potencialidades econmicas y sociales, como as tambin, en el extremo opuesto, existen grupos excluidos.
El cuarto concepto a analizar hace referencia a poder puntualizar y definir los derechos de exportacin. Para ello, en esta oportunidad, voy a seguir al Dr. Enrique C. Barreira <![if !supportFootnotes]> [4] <![endif]> , quien en sus escritos destina un acpite especial a los mismos.
Primeramente, dando un concepto muy vago sobre el tema, se puede decir que los derechos de exportacin gravan la salida de mercadera del territorio aduanero para el consumo, cumpliendo importantes funciones en algunos de los pases con menor desarrollo relativo. Con el correr del tiempo, el concepto fue evolucionando con lo que logramos obtener el siguiente concepto: los derechos de exportacin gravan la salida de la mercadera del territorio nacional.
Los derechos de exportacin son comnmente usados como un medio de recaudacin fiscal, especialmente por parte de los pases productores de materias primas.
Dado que usualmente el derecho de exportacin repercute
en el patrimonio del productor, en el caso de los derechos de exportacin
aplicables a los productos agropecuarios, desde
Decir derechos de exportacin es sinnimo del tributo que es cobrado por un rgano del Estado por el hecho de la salida de la mercadera del territorio nacional. Por lo tanto, el hecho gravado est constituido por la salida de la mercadera. Es la concepcin del supuesto de hecho cuya realizacin es exigida por la norma para dar nacimiento a la obligacin tributaria y ese supuesto de hecho es el que marca la identidad del tributo, de manera que, de existir supuestos de hecho diferentes, deberamos hablar, en puridad, de tributos distintos.
Por ltimo, es importante abordar la cuestin principal que hace a este tema que es el sector agropecuario, su historia, los aportes que nos ha hecho a nuestra historia como Nacin. Para poder realizar un buen anlisis al respecto, me estar a los dichos de Javier Balsa; Graciela Mateo y Maria Silvia Hospital <![if !supportFootnotes]> [5] <![endif]> , quienes realizan un anlisis exhaustivo al respecto que me remito a resumir en las lneas subsiguientes.
La diversidad espacial argentina, sus variados abordajes y aun la conciliacin posible entre ellos, dan muestras de la complejidad del mundo agrario, del poder de sus actores y de la envergadura poltica del asunto, que hoy se presenta con sus races aferradas a un pasado agroexportador, perdurable en el tiempo, ms all de los discursos o, tal vez, como parte de los mismos.
El perfil agrario del pas subsiste hasta hoy en el transcurrir del proceso histrico, contar para lograrlo con el estado intervencionista a partir del ocaso del paradigma del crecimiento hacia fuera que tiene lugar en los aos 30. Desde mediados de los aos 40 es el accionar del estado benefactor, popular, dirigista, nacionalista y planificador, el que termina por alentar desde 1950 la vuelta al campo y apoya con el crdito oficial a las agroindustrias, las actividades rurales y el cooperativismo agrario. El fenmeno se sostiene en los tiempos del estado desarrollista de fines de los aos 50 e inicios de los aos 60, tambin durante la vigencia del estado burocrtico autoritario (1966 1973), con el retorno del peronismo en 1973, en la etapa del llamado proceso de reorganizacin nacional (1976 1983) y aun con la vuelta de la democracia en 1983, con una marcada tendencia al ultraliberalismo a partir de los aos 90 cuyos efectos perniciosos procuran ser revertidos, aunque muy lentamente.
Toda la sociedad es esencialmente mvil, heterognea y contradictoria, y sostiene una tensin permanente entre las fuerzas y tendencias de conflictos y de disgregacin, y las fuerzas de cohesin e integracin.
Una vez analizados todos estos conceptos, es necesario
exponer las polticas econmicas que tuvo
El autor que estoy siguiendo para el esbozo de este concepto, cita los dichos de Ferns, quien afirma que la economa argentina operaba sobre un sistema de papel moneda inconvertible y de una poltica de crdito fiscal, siendo que una alta proporcin del endeudamiento externo era pagadero en oro o monedas con respaldo oro, especialmente libras esterlinas.
En consecuencia, sumando la organizacin poltica del pas y la consecuente construccin progresiva de un rgimen fiscal de la economa, es posible obtener la solucin de dos problemas estructurales que son: el primero lo constituye el poblamiento del pas a causa de la escasa mano de obra en la regin pampeana y aumento de produccin. Por lo tanto, la solucin hallada fue incorporar mano de obra europea. El segundo inconveniente est constituido por la integracin fsica, debido a que la inexistencia de medios de transporte para trasladar la produccin del interior al puerto de Buenos Aires. Por ende, la solucin que se implement fue el ferrocarril como medio de transporte a nivel nacional.
El sistema de la economa primaria exportadora careci de elementos de densidad nacional esenciales para generar un desarrollo abierto a la economa mundial, pero autosustentando en los propios recursos y en la capacidad endgena de organizacin de los mismos.
En definitiva, no soportaron ni pudieron procesar, dentro del orden jurdico, las tensiones del sistema. Por lo que colaps as uno de los componentes esenciales de la densidad nacional.
Bajo el modelo de la economa primaria exportadora, el pas proporcion malas respuestas a los desafos y oportunidades de la globalizacin del segundo orden mundial. Cuando ste se agot en vsperas de la primera guerra mundial y colaps, definitivamente, en la crisis mundial de 1930, el pas enfrent el desafo de cambiar el rumbo.
Primera
seccin: retenciones a las exportaciones en la actividad agropecuaria como
un impuesto o como un anticipo de pago.
Teora general de la tributacin
Concepto de tributo
El tributo es toda prestacin obligatoria, en dinero o en especie, que el Estado exige, en ejercicio de su poder de imperio, en virtud de ley.
Como nota caracterstica del tributo, es posible remarcar su obligatoriedad, fundamentada en la coactividad del Estado (entendido en sentido lato de Nacin, provincias, municipalidades).
A su carcter de obligatoriedad
est vinculado el ejercicio del poder de imperio estatal, de modo que se prescinde
de la voluntad del obligado nsita en los negocios jurdicos, recurriendo
a la unilateralidad estatal en lo atinente a la gnesis de la obligacin.
Pero esta coactividad no es ejercicio de un poder omnmodo, sino que tiene
por lmite formal el principio de legalidad.
Los impuestos en
general
Concepto
En las lneas anteriores he definido al impuesto como toda prestacin obligatoria, en dinero o en especie, que el Estado, en ejercicio de su poder de imperio, exige, en virtud de ley, sin que se obligue a una contraprestacin, respecto del contribuyente, directamente relacionada con dicha prestacin. Es decir, hay independencia entre el pago del obligado y toda actividad estatal relativa a ste. En el aspecto material del hecho imponible del impuesto no aparece prevista actividad administrativa o estatal alguna.
Por medio de los impuestos
son retribuidas funciones y servicios indivisibles prestados por el Estado,
es decir, aquellos que si bien son tiles a toda la comunidad, no se da la
posibilidad prctica de efectuar su particularizacin en personas determinadas.
Clasificacin
Los impuestos pueden ser clasificados bajo diferentes criterios, los ms relevantes son:
La primera de las clasificaciones a analizar se refiere a la periodicidad o perdurabilidad de los impuestos dentro del sistema tributario. Los que se reproducen todos los aos con periodicidad regular, o que rigen hasta su derogacin con la caracterstica de haberse establecido con miras a su permanencia, son ordinarios. En cambio, los impuestos que surgen en perodos de crisis, de alteraciones profundas en la economa, para lograr ajustes en los gastos pblicos, o que tienen previsto un plazo de vigencia, son extraordinarios.
La segunda de las
clasificaciones enumeradas ut supra es imprecisa pero tiene relevancia en
nuestro pas por la delimitacin de facultades entre
Efectos econmicos
de los impuestos
Las personas a cuyo respecto se configur el hecho imponible y que por ley estn obligados a pagar el gravamen reciben el nombre de contribuyentes de jure, en tanto que los terceros sobre quienes recae el peso econmico del impuesto son los contribuyentes de facto.
El efecto ms importante de los impuestos es la traslacin. Este consiste en la transferencia total o parcial del peso del impuesto a otra persona distinta del contribuyente de jure, la cual recibe el nombre de contribuyente de facto.
Los distintos supuestos
de traslacin son: hacia delante o protraslacin que sigue la corriente de
los bienes en el circuito econmico; hacia atrs o retrotraslacin que sigue
el proceso inverso al de la corriente de los bienes en el circuito econmico;
y la oblicua o lateral que puede ser hacia delante o hacia atrs, y consiste
en la transferencia del peso del impuesto a compradores o proveedores de bienes
o servicios diferentes de los gravados.
Concepto
A modo de definicin es posible afirmar que los anticipos de pago son
las obligaciones tributarias que ciertos sujetos pasivos deben cumplir antes
de la configuracin del hecho imponible, o bien, producido ste, antes de
que venza el plazo general para pagar el impuesto anual.
La percepcin en la fuente asegura la recaudacin, ya que su ingreso puede ser exigido en el mismo momento en que se exterioriza la manifestacin de riqueza sujeta a imposicin.
Las retenciones pueden
ser a cuenta o a ttulo definitivo, a diferencia de los anticipos que siempre
son pagos a cuenta.
Segunda
seccin: inconstitucionalidad de las retenciones a las exportaciones en la
actividad agropecuaria.
La constitucin. Concepto
La constitucin es una herramienta de ordenamiento de la convivencia social y de limitacin del poder, mediante una determinada organizacin.
La constitucin es una norma jurdica;
es decir, un juicio abstracto de cumplimiento obligatorio. Ella es la ms
importante, dado que contiene los principios esenciales y, a la vez, establece
los mecanismos de decisin.
Concepto
Se llama control de constitucionalidad al procedimiento que establece el ordenamiento normativo para resguardar el principio de supremaca que, sin la existencia de un mecanismo de este tipo, convertira a esta caracterstica en una suerte de clusula declamatoria.
Sustancialmente, el control de constitucionalidad consiste en el anlisis comparativo de dos normas, a efectos de comprobar que la norma de inferior jerarqua no contradiga, ni en la forma ni en el fondo, a la norma superior.
En definitiva, el control de constitucionalidad es un mecanismo de verificacin que se realiza dentro de la organizacin del Estado y que debe quedar a cargo de un rgano distinto de aqul que sanciona la norma.
Anlisis de la
resolucin 125/2008 del Ministerio de Economa y Produccin de
La famosa resolucin 125/2008 que dict
el Ministerio de Economa y Produccin de
La misma, en su artculo primero, establece una frmula matemtica por medio de la cual se obtiene el valor numrico de la alcuota correspondiente al canon que debern pagar aquellos exportadores a la hora de ejercer toda industria lcita y practicar el comercio internacional como medio de vida contundente, como sustento econmico.
Esta alcuota se convierte en mvil debido a que las variables que forman parte de la ecuacin que, muy inteligentemente, plante dicho funcionario, precisamente, dependen del mercado, de los precios y valores que la misma plataforma econmica internacional impone que, quien desee practicar el comercio internacional como actividad, debe respetar sino queda excluido del sistema.
Los famosos derechos de exportacin, desde antao, fueron y son utilizados como una fuente de ingresos para el Tesoro Nacional que pas a ser una de las ms importantes, convirtindose as en casi en la mayor fuente de recaudacin de fondos que permitieron pagar parte de la deuda externa.
Al aprobarse esta resolucin, se gener un caos social en el sector agropecuario que fue el ms perjudicado y el ms afectado ya que, si bien aument la recaudacin a nivel nacional, dicha riqueza no fue redistribuida de manera adecuada. Por lo tanto, el sector agrario se sinti defraudado debido a que, si bien aportaron y aportan pagando sus impuestos como todo ciudadano contribuyente argentino, no obtuvieron ninguna mejora a cambio.
Los presupuestos provinciales no aumentaron, el nivel de vida del sector no mejor, de hecho, en algunos casos empeor porque se agudizaron ms las diferencias sociales y las falencias en las diferentes reas cuando lo que primero se debi haber hecho al momento de aumentar la recaudacin y el Tesoro Nacional fue reforzar la educacin, reducir el nivel de desempleo, reducir la cantidad de familias que viven en condiciones de indigencia, entre otras cosas.
El sistema de retenciones mviles que plante el Lic. Martn Lousteau en la resolucin 125/2008, como bien expliqu algunas lneas ms arriba, se basa en un clculo perteneciente a las matemticas con variables cuyos valores son los que arroja la economa mundial. Esta ecuacin es la siguiente:
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