17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Durísimo fallo del juez Rafecas contra los abogados "temerarios"

El magistrado federal cuestionó en duros términos una presentación hecha por los abogados Alejandro Sánchez Kalbermatten y Enrique Piragini contra la presidenta del Banco Central Mercedes Marcó del Pont por cargos incompatibles. Aseguró que incurrieron en una conducta temeraria y ordenó librar copias de su sentencia al Colegio Público de Abogados. FALLO COMPLETO

 

El juez federal Daniel Rafecas desestimó una denuncia presentada por los abogados Alejandro Sánchez Kalbermatten y Enrique Piragini contra la presidenta del Banco Central, Mercedes Marcó del Pont, y contra la primera mandataria Cristina Fernández Kirchner al tiempo que denunció a Piragini por “temerario”.

En su denuncia, los letrados señalaron que Marcó del Pont tendría cargos incompatibles pues era presidenta del Banco Central y además titular de la Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República (ABAPPRA).

El juez Rafecas constató que Marcó del Pont presidió esa asociación mientras fue presidenta del Banco Nación (cargo que ostentó hasta su designación al frente del Central). En la actualidad, la presidencia de ABAPPRA está a cargo del vicepresidente 1º, Carlos Heller, en su calidad de representante del banco Credicoop.

“Este Tribunal –postuló Rafecas- asiste una vez más, a la formulación de una denuncia en la que, evidentemente, no se han mensurado prudentemente las gravísimas imputaciones que sus promotores han proferido; y que a poco de ser examinadas, revelan un único y endeble elemento de convicción que las sustenta, sobre el que se ha intentado ensamblar una frágil estructura jurídica, con la visible finalidad de obtener una lectura penal de un hecho que difícilmente podría superar el umbral del Derecho Administrativo”.

En otro párrafo de la sentencia, el magistrado recordó el reciente comunicado de la Corte Suprema, que según él, constituyó un “edificante llamado a la mesura y el equilibrio para quienes asumimos responsabilidades de gobierno, exhortándonos a que nuestros actos contribuyan a afianzar la Justicia y la paz social”.

En ese sentido, el magistrado consideró que “no resultan ajenos a esta exhortación los abogados, cuya elevada misión de auxiliares de la Justicia debe ser cumplida con un alto grado de responsabilidad, que los aleje de la judicialización automática de noticias periodísticas o de conjeturas apresuradas, como la que aquí pretendió hacerse objeto de investigación penal”.

Rafecas sostuvo que los abogados Sánchez Kalbermatten y Piragini “justificaron su concurrencia ante la Justicia Penal, proponiendo gravísimas consecuencias legales para el hecho invocado: consideran que la Presidente de la Nación ha dictado resoluciones contrarias a la Ley N° 25.188 de Ética Pública, por postular para la presidencia del BCRA a una persona que se hallaría incursa en una incompatibilidad con ese cargo; por ello mismo, entienden que se cometerá el delito de nombramiento ilegal en un cargo público; y culminan postulando –como acto de mero voluntarismo- la figura de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, desbordando así todas las construcciones teóricas preexistentes en torno de este tipo penal”.

El juez calificó la conducta de los abogados como temeraria y citó la definición de Enrique Falcón sobre “pretensiones o defensas cuya injusticia o falta de fundamento no puede ignorar de acuerdo con una mínima pauta de razonabilidad”.

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dju / dju
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